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NOTA: Calendario del contribuyente mes de ENERO de 2024
Hasta el 2 de enero IVA Noviembre 2023. Autoliquidación: 303 Noviembre 2023. Grupo de entidades, modelo individual: 322 Noviembre 2023. Grupo de entidades, modelo agregado: 353 Noviembre 2023. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380 Tercer y cuarto trimestre 2022 y primer y segundo trimestre 2023: solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas por las fuerzas armadas de los Estados miembros de la UE: 381 Opción o revocación por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para 2024 y sucesivos: 036 Opción tributación en destino ventas a distancia a otros países de la Unión Europea para 2024 y 2025: 036 Renuncia régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2024: sin modelo Comunicación de alta en el régimen especial del grupo de entidades: 039 Opción o renuncia por la modalidad avanzada del régimen especial del grupo de entidades: 039 Comunicación anual relativa al régimen especial del grupo de entidades: 039 Opción por el régimen especial del criterio de caja para 2024: 036/037 Renuncia al régimen especial del criterio de caja para 2024, 2025 y 2026: 036/037 Impuestos medioambientales Noviembre 2023. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables: presentación contabilidad y libro registro de existencias Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal Año 2022: 236 Hasta el 12 de enero INTRASTAT - Estadística Comercio Intracomunitario Diciembre 2023. Obligados a suministrar información estadística Hasta el 22 de enero Renta y Sociedades Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las Instituciones de Inversión Colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. Diciembre 2023. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230 Cuarto trimestre 2023: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216 IVA Comunicación de incorporaciones en el mes de diciembre, régimen especial del grupo de entidades: 039 Impuesto sobre las Primas de Seguro Diciembre 2023: 430 Impuestos Especiales de Fabricación Octubre 2023. Grandes empresas: 561, 562, 563 Diciembre 2023: 548, 566, 581 Cuarto trimestre 2023: 521, 522, 547 Cuarto trimestre 2023. Actividades V1, F1: 553 (establecimientos autorizados para la llevanza de la contabilidad en soporte papel) Cuarto trimestre 2023. Solicitudes de devolución: 506, 507, 508, 524, 572 Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510 Impuesto Especial sobre la Electricidad Diciembre 2023. Grandes empresas: 560 Cuarto trimestre 2023. Excepto grandes empresas: 560 Impuestos Medioambientales Diciembre 2023. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación: 592 Cuarto trimestre 2023. Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. Autoliquidación: 587. Solicitud de devolución: A23. Presentación contabilidad de existencias Cuarto trimestre 2023. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación: 592. Solicitud de devolución: A22 Año 2023. Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica. Producción de residuos radioactivos. Autoliquidación: 584 Año 2023. Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas. Autoliquidación anual: 585 Impuesto Especial sobre el Carbón Cuarto trimestre 2023: 595 Año 2023. Declaración anual de operaciones: 596 Impuestos sobre las Transacciones Financieras Diciembre 2023: 604 Hasta el 30 de enero Pagos fraccionados Renta Cuarto trimestre 2023: Estimación directa: 130 Estimación objetiva: 131 IVA Diciembre 2023. Autoliquidación: 303 Diciembre 2023. Grupo de entidades, modelo individual: 322 Diciembre 2023. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349 Diciembre 2023. Grupo de entidades, modelo agregado: 353 Diciembre 2023 (o año 2023). Operaciones asimiladas a las importaciones: 380 Cuarto trimestre 2023. Autoliquidación: 303 Cuarto trimestre 2023. Declaración-liquidación no periódica: 309 Cuarto trimestre 2023. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349 Cuarto trimestre 2023. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380 Resumen anual 2023: 390 Solicitud de devolución de cuotas reembolsadas a viajeros por empresarios en recargo de equivalencia: 308 Regularización de las proporciones de tributación de los periodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicio: 318 Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: 341 Opción o revocación de la aplicación de la prorrata especial para 2024 y siguientes, si se inició la actividad en el último trimestre de 2023: 036/037 Impuestos medioambientales Cuarto trimestre 2023. Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Autoliquidación: 593 Hasta el 31 de enero Renta Renuncia o revocación estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2024 y sucesivos: 036/037 Renta y Sociedades Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las Instituciones de Inversión Colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. Resumen anual 2023: 180, 188, 190, 193, 193-S, 194, 196, 270 Operaciones con activos financieros Declaración anual de operaciones con Letras del Tesoro 2023: 192 Declaración anual de operaciones con activos financieros 2023: 198 IVA Renuncia o revocación regímenes simplificado y agricultura, ganadería y pesca para 2024 y sucesivos: 036/037 Solicitud de aplicación del porcentaje provisional de deducción distinto del fijado como definitivo en el año precedente: sin modelo Diciembre 2023. Ventanilla única - Régimen de importación: 369 Cuarto trimestre 2023: Ventanilla única – Regímenes Exterior y de la Unión: 369 Impuesto sobre las Primas de Seguros Resumen anual 2023: 480 Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales Cuarto trimestre 2023: 490 Impuestos medioambientales Diciembre 2023. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Presentación contabilidad y libro registro de existencias Cuarto trimestre 2023. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Presentación contabilidad y libro registro de existencias Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación Resumen anual 2023: 165 Declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento Año 2023: 171 Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales y sobre operaciones con monedas virtuales Año 2023: 172, 173 Declaración informativa anual de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos Año 2023: 179 Declaración informativa de préstamos y créditos y otras operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles Declaración anual 2023: 181 Declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas Declaración anual 2023: 182 Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas Año 2023: 184 Declaración informativa de adquisiciones y enajenaciones de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva Declaración anual 2023: 187 Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados Declaración anual 2023: 233 Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables Cuarto trimestre 2023: 235 Declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la zona especial canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario Primer, segundo, tercer y cuarto trimestre 2023: 281 Planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia Declaración anual 2023: 345 Fuente: AEAT
NOTA: Facturación de empresarios y profesionales - requisitos sistemas y programas de facturación -Veri*factu-
En el BOE de 6 de diciembre se ha publicado el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.
NOTA. Publicadas las Ordenes que aprueban determinados modelos impositivos. BOE 30/12/2023
Especialmente hemos de destacar en el modelo 190, la creación de subclaves para clasificar rendimientos de nuevos supuestos e identificar determinadas retribuciones de forma diferenciada.
Calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2024.
Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2024.
Newsletter de la Agencia Tributaria 32/2022 de 29/11/2022
Calendario del Contribuyente del mes de Noviembre de 2022
Nota: Modificación del uso de las mascarillas a partir del 20/04/2022
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Solicitud al Director General de la AEAT de ampliación del plazo de domiciliación de liquidaciones 1T 2022
Email enviado al Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria Estimado Jesús, en representación del Colectivo de Profesionales Tributarios pertenecientes a la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España (AECE) adjunto solicitud de ampliación del plazo de domiciliación, motivada por la coincidencia de los festivos del calendario laboral que colisionan con los plazos establecidos en el calendario fiscal, provocando que para cumplir con las obligaciones fiscales de nuestros clientes, los Colaboradores Sociales y nuestros empleados nos veamos privados del derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar trabajando todos los festivos. A la espera de que sea atendida nuestra justa petición. Recibe un cordial saludo Juan Carlos Berrocal Rangel Presidente de AECE
Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
En el BOE de 30 de marzo de 2022 y en vigor al día siguiente, se ha publicado el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania (RDL 6/2022), entre las que destaca la bonificación extraordinaria y temporal del precio de venta al público de determinados productos energéticos de la que serán beneficiarias tanto las personas como las entidades que los adquieran entre el 1 de abril y 30 de junio de este año.
Nota: ¿Necesitas registrar un apoderamiento de un cliente? Te explicamos como hacerlo.
Desde el día 22 de febrero de 2022, el registro de apoderamientos de la Agencia Tributaria está conectado al Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) operado por la Secretaría General de Administración Digital (SGAD), teniendo efectos frente a la Agencia Tributaria los poderes inscritos en dicho registro. Los poderes inscritos con anterioridad en el REA no serán trasladados al registro de apoderamientos de la Agencia Tributaria. La inscripción de poderes que afecten exclusivamente a la Agencia Tributaria se sigue realizando en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Te explicamos los dos tipos de apoderamiento, el de la Administración General que incluye a la AEAT y el exclusivo de la AEAT para materias tributarias. Atentamente Juan Carlos Berrocal Rangel
Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía.
Aplazamiento en el ingreso de cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta empresas y autónomos actividades agrarias. Reducción del número mínimo de jornadas reales cotizadas para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria a favor de trabajadores eventuales agrarios residentes en el territorio de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura. Reducción en 2021 del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas y del Impuesto sobre el Valor Añadido. Exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica. Línea ICO para operadores agrarios; financiación de avales en explotaciones agrarias; Plan de seguros agrarios combinados; Actuaciones en la PAC; etc. Medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en la cuenca hidrográfica del Guadalquivir y del Guadiana. Principalmente reducción del canon y de la tarifa por utilización del agua. Atentamente Juan Carlos Berrocal Rangel
El Kit Digital tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.
Acceso a la información, requisitos y formularios. CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA DIGITALIZACIÓN DE EMPRESAS DEL SEGMENTO I (ENTRE 10 Y MENOS DE 50 EMPLEADOS), DENTRO DEL PROGRAMA KIT DIGITAL
Información de interés. Te recordamos que a partir del 4 de abril de 2022 las notificaciones de la AEAT dejarán de ofrecerse en la DEH
A partir de esa fecha la recepción de las notificaciones a la DEHú se realizará a través del portal https://dehu.redsara.es/ autenticándose con certificado electrónico o Cl@vePIN.
Abierto el plazo de presentación de observaciones al proyecto de RD del Reglamento de Digitalización Facturación.
Establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación. Entre otras cuestiones desarrolla el procedimiento para impedir el software de doble uso y la posibilidad de cumplimiento voluntario de emisión de facturas a través de la web de la AEAT.
La Agencia Tributaria, trabajadores autónomos y pymes crean dos foros para impulsar la relación cooperativa
Nuevos foros de comunicación en materia tributaria 16/02/2022 Representantes de UPTA, ATA y UATAE serán miembros del foro de Trabajadores Autónomos, mientras que CEOE y Cepyme participarán en el foro de pymes. Se crean dos grupos de trabajo dentro de cada foro, uno dedicado al análisis normativo y a proyectos de digitalización, y otro destinado a analizar y aprobar sendos códigos de buenas prácticas para ambos colectivos. Los foros tienen entre sus objetivos la reducción de cargas administrativas, la mejora de la seguridad jurídica, el fomento de la administración electrónica y la colaboración en la prevención y lucha contra el fraude.
Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
Resaltamos los supuestos y situaciones en los que SI ES OBLIGATORIO el uso de la mascarilla a partir de los seis años de edad desde mañana jueves 10/02/2022
NOTA: Cambio de certificados electrónicos del Portal y la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria
El próximo 16 de marzo de 2021 la Agencia Tributaria va a proceder a cambiar los certificados electrónicos que se utilizan para ofrecer servicios a los contribuyentes. Este cambio permitirá seguir accediendo a los servicios de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria sin que exista el riesgo de que se pueda impedir el acceso desde el navegador que utilizan habitualmente.
Proyecto de Presupuestos Generales del Estado 2021
El 28 de octubre de 2020 ha sido presentado a las Cortes Generales el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2021. Esta página facilita el acceso a diversa documentación relativa al mismo. Entre otra, se presenta información sobre: el articulado de la Ley; los estados de ingresos y gastos; los presupuestos de explotación y capital; el informe económico financiero; las memorias de objetivos de cada una de las secciones presupuestarias; los anexos de inversiones reales; la memoria económico-orgánica y la memoria por programas; el presupuesto consolidado; el anexo de flujos financieros España-Unión Europea; la liquidación del Presupuesto de 2019; el avance de la liquidación del Presupuesto de 2020 y los gastos de funcionamiento e inversiones del Banco de España.
Referencias resumen de acuerdos Consejo de Ministros 22/09/2020
Destacamos la regulación del Trabajo a distancia "Teletrabajo" mediante el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. BOE 23/08/2020
Información importante: Medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19
Se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, entre las que se encuentra el aplazamiento de una serie de deudas tributarias. Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. (BOE, 12-marzo-2020)
Información de interés profesional: Así controla Hacienda los movimientos bancarios y en efectivo de los autónomos
Importes y operaciones que habrá que justificar. Fuente: Autonomosyemprendedor.es
Invertia: ¿Te suena el 7 de octubre de 2020? Habrá una prescripción masiva de deudas
Todas las deudas que se hayan contraído entre el 7 de octubre de 2005 y el mismo día de 2015 prescribirán en esa fecha. 27 febrero, 2020 03:41 Eva Ruiz-Hidalgo En ocho meses se va a producir un acto generalizado de prescripción de deudas y obligaciones. Será el 7 de octubre, una fecha que no se puede pasar por alto, sobre todo para aquellos acreedores que tengan alguna deuda pendiente de antes del 7 de octubre de 2015. El artículo 1964.2 del Código Civil, encargado de establecer el plazo de prescripción de las acciones personales, fue modificado por la Ley 42/2015, de 5 de octubre. Esta Ley, que entró en vigor el 7 de octubre de 2015, redujo de 15 a 5 años el plazo general establecido para las acciones personales, recuerda Iciar Bertolá Navarro, directora de Sepín Obligaciones y Contratos. Para evitar perjuicios a todas aquellas personas que tenían pendiente de ejercitar una acción antes de la entrada en vigor de la Ley, la propia norma previó un sistema transitorio. Este régimen establece estas pautas: 1. Las relaciones jurídicas nacidas antes del 7 de octubre de 2000. Estarían prescritas a la entrada en vigor de nueva Ley. 2. Las nacidas entre el 7 de octubre de 2000 y el 7 de octubre de 2005. Se les aplica el plazo de 15 años previsto en la redacción original del artículo. 3. Las relaciones jurídicas nacidas entre el 7 de octubre de 2005 y el 7 de octubre de 2015. En aplicación de la regla de transitoriedad no prescriben hasta el 7 de octubre de 2020. 4. Las que surgen después del 7 de octubre de 2015. Se les aplica el nuevo plazo de cinco años, conforme a la vigente redacción del artículo. Por tanto, las deudas y obligaciones que se contrajeron desde el 7 de octubre de 2005 al mismo día de 2015 prescriben el 7 de octubre de 2020. Y las que nacen a partir del 7 de octubre de 2015 prescriben transcurridos cinco años. Las relaciones jurídicas que se han visto afectadas por este cambio son muy numerosas y van desde facturas impagadas o rentas de alquileres debidas, entregas a cuenta, las de reclamación de daños y perjuicios por comercialización de productos financieros, etc. La portavoz de Sepin las resume en: – Cualquier obligación legal cuya efectividad no tenga un plazo especial de prescripción extintiva. – Obligaciones que puedan surgir de la celebración de un contrato de compraventa. – Acción de resolución del contrato por incumplimiento. – Acciones derivadas del defectuoso cumplimiento, al haberse entregado cosa distinta o con defectos impropios. – Acción de un comunero contra la comunidad de propietarios para el resarcimiento de daños causados por los elementos comunes. – Acción de responsabilidad contractual ejercitada por la comunidad de propietarios, por entregarse las viviendas con vicios. – Acción ejercitada por un colegio profesional para exigir responsabilidad por daños causados en el deficiente funcionamiento de una relación orgánica. – Acción del arrendador de un inmueble para la revisión de rentas. Muchos despachos, especialmente los abogados del área de Procesal, se han puesto manos a la obra para evitar que sus clientes pierdan sus derechos. Estos podrán interrumpir la prescripción para que el derecho a reclamar siga ‘vivo’. La principal consecuencia que produce la interrupción es la de tener que volver a contar el plazo de prescripción de nuevo por entero, iniciándose el cómputo el día siguiente al que termina el acto interruptivo, avisa Bertolá Navarro. Fuente: Invertia.
Nuevo canal de ayuda para dudas: Clic para llamar a Información Tributaria Básica, desde el portal de la Agencia Tributaria en Internet
Esta iniciativa permite al usuario llamar al servicio de Información Tributaria Básica, con un solo clic en el icono del portal “¿Dudas? Clic aquí Información Tributaria Básica”, desde su navegador (compatible con Google Chrome, Mozilla Firefox, Opera, Microsoft Edge… Los navegadores no compatibles con esta tecnología no muestran el icono -Internet Explorer, …-). La llamada se incluye en la tarifa de datos de Internet contratada y requiere conectar micrófono y altavoz a su equipo para una comunicación correcta. Según las estadísticas reales de uso de navegadores en España, esta herramienta cuenta con un 98% de compatibilidad. Fuente:AEAT
Información ICAC: Calviño fulmina al azote de las 'big four' y sitúa en el ICAC a un perfil de confianza
El Gobierno ha anunciado este martes en la referencia sobre los asuntos aprobados en el Consejo de Ministros el relevo en la Presidencia del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
Información de interés: La Agencia Tributaria tendrá acceso a la base de datos de los notarios sobre titularidades reales de sociedades para reforzar la lucha contra el fraude
Convenio entre la Agencia Tributaria y el Consejo General del Notariado
Información de interés: La posición de la AEAT en los procesos concursales.
Según avanzamos en el mail que la AECE envió hace unas semanas, fruto de las reuniones del Foro Tributario: La AEAT acaba de publicar en su pagina web la nota "Posición de la AEAT en los procesos concursales".
Información de interés:Real Decreto-ley 1/2020, de 14 de enero, por el que se establece la revalorización y mantenimiento de las pensiones y prestaciones públicas del sistema de Seguridad Social.
Otra información de interés:
Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. Real Decreto 3/2020, de 12 de enero, sobre las Vicepresidencias del Gobierno.
Información fiscal:Proyecto de Orden de modificación de varias declaraciones informativas.
Modelos: 123- 193- 124- 194- 198- 196- 193- 280- 184- 289,
Información fiscal: Publicado el calendario del contribuyente para 2020
Calendario del contribuyente 2020 Está disponible el calendario del contribuyente para el ejercicio 2020.
Información fiscal:En enero el IVA del comercio intracomunitario de bienes será más simple
Cuatro medidas para simplificar su tratamiento. La Directiva 2018/1910, que entrará en vigor en todos los Estados de la Unión Europea el 1 de enero de 2020, pone en marcha cuatro medidas que pretenden armonizar el tratamiento en este impuesto de ciertos aspectos de la compraventa de productos . Fuente: Autónomos y emprendedor.es
Nota de la AEAT:Se informa que, en el nuevo modelo de colaboración social delegada, los Delegados podrán ver las presentaciones realizadas por él mismo o por cualquier delegado del colaborador social
mientras sigan estando autorizados como Delegados por dicho colaborador social.
Información fiscal: La AEAT cifra en un 5% el alza de la recaudación fiscal, por encima del crecimiento del PIB nominal
Lanzará el nuevo Plan Estratégico para 2020 "en las próximas semanas" e impulsará administraciones "exclusivamente digitales" con atención telemática y telefónica. Fuente: Europapress
Información fiscal: Hacienda, obligada a devolver impuestos a fondos americanos
El Supremo obliga a conceder a los fondos de inversión de EEUU la misma fiscalidad ventajosa que los fondos de la UE y abre la vía a reclamar la devolución de las retenciones sobre dividendos de no residentes por sus inversiones en España. Fuente: Expansión
Información fiscal: Hacienda se plantea recompensar el chivatazo en su lucha contra el fraude
Acceso a la noticia pulsar aquí Para descargar informe presentado por el Sindicato de Inspectores de Hacienda, propuestas para la lucha contra el fraude pulsar en Ver documento
Información de interés:Se publica la Memoria de la Agencia Tributaria 2018, que detalla las principales actividades y resultados de la institución en el ejercicio 2018
Memoria 2018 1. INTRODUCCIÓN 2. INFORMACIÓN INSTITUCIONAL 3. RECAUDACIÓN TRIBUTARIA GESTIONADA POR LA AGENCIA TRIBUTARIA 4. PRINCIPALES ACTUACIONES 2018 5. CUMPLIMIENTO COOPERATIVO ANEXO: CUADROS Y GRÁFICOS
Información fiscal: ¿Sabe usted cómo son «los chivatos» de Hacienda?
Fuente: La Voz de Galicia
Información fiscal: Modificación sobre las competencias de los organos de Inspección de la AEAT
Resolución de 4 de abril de 2019, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 24 de marzo de 1992, sobre organización y atribución de funciones a la inspección de los tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria. BOE 05/04/2019
Información de interés: Resolución de 1 de abril de 2019, del Banco de España, por la que se publican determinados tipos de referencia oficiales del mercado hipotecario.
Información de interés: Mucho cuidado con las sociedades inactivas “fantasmas”.
Actuaciones de la AEAT contra las Sociedades inactivas con deudas. Por Gregorio Labatut Serer
Información de interés: Un nuevo instrumento "La Colaboración Social Delegada"
Evolución del modelo de Colaboración Social para entidades privadas y profesionales de la gestión tributaria. Desde el 10 de enero se inicia el proceso de evolución del modelo de colaboración social en la aplicación de los tributos, que permitirá que los colaboradores sociales (entidades privadas y profesionales de la gestión tributaria) puedan gestionar empleados (delegados) a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, para que éstos puedan realizar a través de Internet con sus certificados de usuario trámites de los obligados tributarios. Este modelo se ha denominado Colaboración Social Delegada.
Auditoría de Cuentas: ¿Transformará el Blockchain el trabajo de auditoría en poco tiempo?
Gregorio Labatur Serer
Información de interés: Memoria de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria 2017
ACCESO A LA MEMORIA
Información fiscal. Está disponible el calendario del contribuyente para el ejercicio 2019.
La obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas según el impuesto y el obligado tributario, puede ser: -Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica. -Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2018 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA, que lleven de forma obligatoria los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT y las Administraciones públicas, incluida la Seguridad Social. Las formas de presentación de los modelos pueden ser las que a continuación se indican, salvo que se establezca la obligatoriedad de utilizar alguna en particular y teniendo en cuenta que con carácter general la presentación de los modelos de declaración se efectuará por Internet.
Noticia de interés: El sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha)
han alertado del número creciente de empresas que ganan premios de lotería, lo que podría estar relacionado con casos de fraude tributario, según ha explicado a Efe su secretario general, José María Mollinedo.
Informacion de Interés: Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.
Duración de los contratos de alquiler: Se amplían de tres a cinco años, y hasta siete en el caso de que el propietario sea una empresa. Las prórrogas tácitas se extienden de uno a tres años.
Información de interés: José María Gay de Liébana.
"Una lección de economía". Gracias profesor, siempre en la ola de la actualidad económica.
Información de interés: Airbnb compartirá con Agencia Tributaria los datos de anfitriones desde 2019
El 1 de enero de 2019 empieza la obligación de comunicar los datos a la AEAT.
Información de Interes: Bruselas considera que la declaración de bienes en el extranjero es ilegal
Bruselas considera que la declaración de bienes en el extranjero es ilegal Hacienda lo ha guardado en secreto durante dos años... ... y lo ha hecho publico obligada por la Audiencia Nacional Viola cinco derechos fundamentales del Tratado de Funcionamiento de la UE Xavier Gil Pecharromán 16/12/2018 - 18:05 La Comisión Europea ha dictaminado que es ilegal la normativa española que regula la declaración de bienes en el extranjero -conocida como Modelo 720- e impone multas de hasta el 150% de la ganancia patrimonial no justificada, en el caso de que no se haya declarado o se haya declarado de forma extemporánea. Esta obligación tributaria española infringe cinco derechos fundamentales recogidos en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Así, consta en en informe motivado al que ha tenido acceso elEconomista. Fechado el 15 de febrero de 2017 y firmado por Pierre Moscovici, comisario europeo de Asuntos Económicos y Financieros, Fiscalidad y Aduanas-, el Ministerio de Hacienda lo ha mantenido en secreto hasta que se ha visto obligado a facilitárselo a los asesores fiscales de un contribuyente que fue sancionado por declarar extemporáneamente, obligado a ello, por requerimiento de la Audiencia Nacional, de 25 de octubre de 2018. "Establece un régimen de declaración fiscal que parece discriminatorio y desproporcionado" Considera la Comisión Europea en su informe motivado que esta normativa, aprobada por el último Gobierno de Mariano Rajoy, "establece un régimen de declaración fiscal en el marco del Modelo 720 que parece discriminatorio y desproporcionado a la luz de la jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia". Esaú Alarcón García, socio de Gibernau Asesores, y Alejandro del Campo Zafra, socio de DMS Consulting abogados, los asesores fiscales que han participado en el proceso de denuncia ante la Comisión Europea, señalan que "el Ejectivo Europeo opina que se quebrantan cinco de las libertades comunitarias. A ello nos permitimos añadir que se incumplen también varios principios constitucionales: seguridad jurídica, tutela judicial efectiva (imposibilidad de prueba), capacidad económica, derecho de propiedad, igualdad". El afectado, un taxista jubilado, presentó voluntariamente el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero -concretamente en Suiza- el 28 de julio de 2014, vencido el plazo el 1 de febrero del año anterior. Concretamente declaró unos 340.000 euros correspondientes a acciones y beneficios por participaciones en dos sicav, y Hacienda le exige 185.000 euros (intereses incluidos) y los referidos 254.000 euros de sanción, que corresponden al 150% de la cuota del IRPF. En total, la factura pendiente con el fisco asciende a la friolera de 439.000 euros. Los derechos europeos fundamentales que infringe son: el de la libre circulación de personas (artículo 21 del TFUE) y de trabajadores (artículo 45 del TFUE y artículo 28 del Acuerdo Espacio Económico Europeo -AEEE-) , la libertad de establecimiento (artículo 49 del TFUE y artículo 31 AEEE), la libre prestación de servicios (artículo 56 del TFUE y artículo 36 del AEEE) y la libre circulación de capitales (artículo 63 del TFUE y artículo 40 del AEEE). Basa su determinación en que establece multas pecuniarias fijas por incumplimiento de las obligaciones de información en virtud del Modelo 720 en lo que se refiere a los bienes y derechos poseídos en el extranjero o por la presentación extemporánea de este último superiores a las impuestas en el régimen general para infracciones similares reguladas en la Ley General Tributada y que considera que "son desproporcionadas". También, por establecer la tributación de las ganancias patrimoniales no justificadas como consecuencia de la falta de información en el Modelo 720 sobre los bienes y derechos poseídos en el extranjero o de la mera presentación extemporánea de la información del Modelo 720 sobre dichos bienes y derechos junto con la negación de la prueba de que la propiedad de los activos se mantiene desde un ejercicio fiscal que ha prescrito. Y en tercer lugar, por introducir una multa pecuniaria proporcional sobre las ganancias patrimoniales no justificadas asociadas a los bienes y derechos que no se comuniquen en el Modelo 720 o se comuniquen en el marco de una presentación extemporánea del Modelo 720. Exigencia de adoptar medidas Por todo ello, el Ejecutivo comunitario exige a la Administración tributaria española que "en aplicación de lo dispuesto en el artículo 258, párrafo primero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión invita al Reino de España a que adopte las medidas requeridas para ajustarse al presente dictamen motivado en un plazo de dos meses a partir de la recepción del mismo. A la Comisión no le consta que exista una obligación de información tan exhaustiva equivalente para los contribuyentes residentes en posesión de bienes y derechos similares situados en España. Así pues, los contribuyentes residentes en España con bienes y derechos similares situados en el país no están sujetos a sanciones comparables. Las sanciones impuestas en caso de incumplimiento o cumplimiento incorrecto de la obligación de información son considerablemente más onerosas que las aplicadas en una situación puramente interna de incumplimiento o cumplimiento incorrecto de las obligaciones de declaración a efectos fiscales. La Comisión desea reiterar que las disposiciones fiscales españolas analizadas imponen una obligación de información únicamente con respecto a los bienes y derechos situados en el extranjero que conlleva cargas administrativas y costes en los que no se incurre cuando el contribuyente posee activos en España. Con el fin de cumplir adecuadamente las obligaciones derivadas del Modelo, el contribuyente debe llevar un registro de sus bienes y derechos y controlar periódicamente el valor de los mismos a fin de considerar si procede presentar una nueva declaración en caso de que hayan rebasado un determinado umbral. Esta obligación puede adquirir complejidad cuando la propiedad es compartida, o en caso de cuentas en común. El contribuyente puede necesitar recurrir al asesoramiento de agentes bancarios o incluso de expertos. En el caso de las personas que hayan vivido en un país distinto de España, los bienes y derechos que deben declarar pueden ser muy numerosos, por lo que cumplir con tales obligaciones puede suponer una carga onerosa. Explica la Comisión que con el fin de justificar la medida y la proporcionalidad del régimen del Modelo 720, las autoridades españolas alegan que los instrumentos jurídicos existentes para el intercambio de información entre las autoridades tributadas de los diferentes Estados miembros de la UE o del EEE no garantizan la obtención por parte del Reino de España de información similar a la exigida en el Modelo 720. La Comisión opina que existen medios suficientes para obtener información sobre los bienes poseídos en el extranjero a fin de liquidar los impuestos correspondientes. El intercambio automático de información establecido en las Directivas sobre cooperación administrativa" en vigor abarca la información relativa a los intereses percibidos por los particulares procedentes de las cuentas bancarias y otros valores, los productos de seguro de vida y los bienes inmuebles. "Bien es verdad que esta vía de cooperación administrativa no da cabida a otros tipos de bienes a que se refiere el Modelo 720, principalmente las cuentas bancarias y los valores mantenidos por entidades y las acciones. No obstante, las Administraciones tributarías pueden asimismo recurrir al intercambio de información previa solicitud", señala la Comisión. Fuente https://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/9586388/12/18/Bruselas-considera-que-la-declaracion-de-bienes-en-el-extranjero-es-ilegal.html#forum
Información de interés: Calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para 2019
Resolución de 29 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2019.
Información de interés. Proyectos de Orden por la que se modifican determinados aspectos de los modelos 309, 036, 030 y 034 y 233
Próximamente se va a publicar en el BOE el Proyecto de Orden por la que se modifican la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 309 de Declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido, la orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 de Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, la orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas y la orden HAP/1751/2014, de 29 de septiembre, por la que se aprueba el formulario 034 de Declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica en el Impuesto sobre el Valor Añadido y se regulan distintos aspectos relacionados con el mismo. Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 233 "Declaración informativa por gastos en guarderías o en centros de educación infantil" Próximamente se va a publicar en el BOE el Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 233, «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados» y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.
Información de Interés: Publicada en BOE la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Hoy entra en vigor Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Publicada en el BOE de 06/12/2018. Modificaciones introducidas por trasposición del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, acutalmente en vigor.
Información interés: Cambio en el certificado electrónico a utilizar en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria
El próximo día 10 de diciembre se va cambiar el certificado electrónico de Sede que se utiliza en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y sus subsedes. El nuevo certificado se puede descargar en el siguiente enlace: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/_otros_/Validacion_del_certificado_de_sede/Validacion_del_certificado_de_sede.shtml
Artículo de opinión: Otra paradoja tributaria. ¿Qué fue primero: el contribuyente o el ciudadano?
Julio Bonmatí Martínez, Presidente AECE de Madrid
Información de interés: proyecto de ley que modifica Código Comercio, TRLSC y Ley Auditoria Cuentas.
Proyecto de Ley por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad (procedente del Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre).
Información de Interés profesional: Memoría 2017 TRIBUNALES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVOS
Información fiscal: Mas comentarios en el asunto del impuesto AJD en las hipotecas tras la publicación del RD-ley 17/2018
Mas Paradojas Tributarias, por Julio Bonmatí Martínez, Presidente AECE Madrid. 10/11/2018
Información fiscal: Comentario suscitado en el asunto del impuesto AJD en las hipotecas tras la publicación del RD-ley 17/2018
Paradojas Tributarias, por Julio Bonmatí Martínez, Presidente AECE Madrid. 10/11/2018
Información fiscal: El Consejo de Ministros adelantado a hoy, jueves, aprobará el real decreto para asegurar que sean los bancos los que asuman el impuesto de actos jurídicos documentados de las hipotecas.
Una vez conocida la decisión del Tribunal Supremo eximiendo a los bancos del pago del impuesto sobre las hipotecas, y por tanto, dejando esta obligación a cargo del ciudadano contribuyente, ayer el presidente del Gobierno, anunció que no se trata de eliminar el impuesto, sino que la intención es atribuir los actos jurídicos documentados al sector bancario por medio de un cambio que entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Tal norma, que afectará al artículo 29 de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, seguirá un cauce independiente respecto de la nueva ley hipotecaria, redactada conforme a la directiva europea durante el anterior ejecutivo y que será tramitada por el Ejecutivo socialista tras casi dos años de retraso. Se trata, en definitiva, que seán los bancos los que asuman el impuesto que grava la firma de las hipotecas.
Grados OnLine de Derecho, ADE, y Postgrado
Comienza el proceso de matriculación de alumnos para los distintos Grados Universitarios para la obtención del Título Universitario Oficial.
Información: De la LOPD al RGPD, una transición obligada.
La aplicación del Nuevo Reglamento Europeo 679/2016 de Protección de Datos (RGPD), ha desatado multitud de comunicaciones y de preguntas sobre los limites del cumplimiento obligatorio según las característica de la empresa o profesional y los datos que se traten, provocando confusión y dudas entre profesionales y empresarios en cuando a las medidas a aplicar. La Agencia Española de Protección de Datos, pone a disposición de profesionales y empresarios una herramienta gratuita para que puedan obtener los documentos mínimos indispensables para facilitar el cumplimiento del RGPD en tratamiento de escaso riesgo. Adjuntamos una Circular del GrupoIWI, empresa colaboradora de la AECE, en la que se explica la situación actual de la implantación del nuevo Reglamento. Y modelo de comunicación a clientes y proveedores sobre información del Responsable de los datos y cumplimiento normativo del RGPD.
Aece colabora en la Jornada "La Fiscalidad de la Colaboración Social", el viernes día 11 de mayo, en la Universidad de Oviedo
LUGAR DE CELEBRACIÓN Salón de Grados de la Facultad de Economía y Empresa. Universidad de Oviedo Avenida del Cristo s/n (33006) Oviedo. La Jornada es de libre acceso hasta completar aforo. COMITÉ DE ORGANIZACIÓN Director: José Pedreira Menéndez, Catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Oviedo Coordinador: Marcos M. Pascual González, Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Oviedo Actividad desarrollada en el marco del Proyecto de Redes de Excelencia: DER2015-70960-REDT
Información fiscal: Calendario del Contribuyente, recordatorio plazos próximos vencimientos.20 abril
Hasta el 20 de abril presentación: RENTA Y SOCIEDADES Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. · Marzo 2018. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230 · Primer trimestre 2018: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136 Pagos fraccionados Renta · Primer trimestre 2018: o Estimación directa: 130 o Estimación objetiva: 131 Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes · Ejercicio en curso: o Régimen general: 202 o Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales): 222 IVA · Marzo 2018. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: 340 · Marzo 2018. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349 · Marzo 2018. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380 · Primer trimestre 2018. Autoliquidación: 303 · Primer trimestre 2018. Declaración-liquidación no periódica: 309 · Primer trimestre 2018. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349 · Primer trimestre 2018. Servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos en el IVA. Autoliquidación: 368 · Primer trimestre 2018. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380 · Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales: 308 · Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: 341 IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS · Marzo 2018: 430 IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN · Enero 2018. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558 · Enero 2018. Grandes empresas: 561, 562, 563 · Marzo 2018: 548, 566, 581 · Marzo 2018: 570, 580 · Primer trimestre 2018: 521, 522, 547 · Primer trimestre 2018. Actividades V1, V2, V7, F1, F2: 553 · Primer trimestre 2018: 582 · Primer trimestre 2018. Solicitudes de devolución: 506, 507, 508, 524, 572 Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510 IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD · Marzo 2018. Grandes empresas: 560 · Primer trimestre 2018. Excepto grandes empresas: 560 · Año 2017. Autoliquidación anual: 560 IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES · Primer trimestre 2018. Pago fraccionado: 585 · Año 2017. autoliquidación anual: 589 IMPUESTO ESPECIAL SOBRE EL CARBÓN · Primer trimestre 2018: 595
Información fiscal: Calendario del Contribuyente, recordatorio plazos próximos vencimientos.
Hasta el 20 de abril RENTA Y SOCIEDADES Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. Marzo 2018. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230 Primer trimestre 2017: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136 Pagos fraccionados Renta Primer trimestre 2018: Estimación directa: 130 Estimación objetiva: 131 Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes Ejercicio en curso: Régimen general: 202 Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales): 222 IVA Marzo 2018. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: 340 Marzo 2018. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349 Marzo 2018. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380 Primer trimestre 2018. Autoliquidación: 303 Primer trimestre 2018. Declaración-liquidación no periódica: 309 Primer trimestre 2018. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349 Primer trimestre 2018. Servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos en el IVA. Autoliquidación: 368 Primer trimestre 2018. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380 Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales: 308 Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: 341 IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS Marzo 2018: 430 IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN Enero 2018. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558 Enero 2018. Grandes empresas: 561, 562, 563 Marzo 2018: 548, 566, 581 Marzo 2018: 570, 580 Primer trimestre 2018: 521, 522, 547 Primer trimestre 2018. Actividades V1, V2, V7, F1, F2: 553 Primer trimestre 2018: 582 Primer trimestre 2018. Solicitudes de devolución: 506, 507, 508, 524, 572 Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510 IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD Marzo 2018. Grandes empresas: 560 Primer trimestre 2018. Excepto grandes empresas: 560 Año 2017. Autoliquidación anual: 560 IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES Primer trimestre 2018. Pago fraccionado: 585 Año 2017. autoliquidación anual: 589 IMPUESTO ESPECIAL SOBRE EL CARBÓN Primer trimestre 2018: 595
Información de interés: El localizador de servicios del IVA recibe 26.000 accesos
Desde la puesta en marcha, el pasado 15 de febrero, el nuevo Localizador de Servicios del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) ha tenido más de 26.000 accesos, según fuentes de la Agencia Tributaria (Aeat) consultadas por elEconomista.
Información de interés: denuncian imposibilidad de contribuyentes para tramitar obligaciones fiscales
Según consta en la propia web de la Fábrica de Moneda, sólo es posible renovar o solicitar estos certificados con versiones desactualizadas de los navegadores Explorer y Mozilla. No se soportan ni Chrome, ni Opera ni las versiones actualizadas de Explorer (Edge) ni las últimas versiones de Mozilla. Ello supone que "el 90 % de las personas que quieren solicitar o renovar certificados sólo lo pueden hacer instalando un navegador desactualizado, algo complejo para un ciudadano o empresa pequeña ya que los navegadores se actualizan automáticamente y además se pone en riesgo la seguridad de quién utiliza estos programas desactualizados". Via invertia
Información tributaria:Proyectos de Orden en tramitación “Período de información pública”.
Les comunicamos que el "Proyecto de Orden por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica",ha sido publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (http://www.minhafp.gob.es/es-ES/Normativa%20y%20doctrina/NormasEnTramitacion/Paginas/normasentramitacion.aspx) a fin de dar cumplimiento al trámite de información pública. La fecha límite para remitir, en su caso, aportaciones, es el 19 de enero de 2018. Les comunicamos que el "Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden HAP/2652/2012, de 5 de diciembre, por la que se aprueban las tablas de devolución que deberán aplicar las entidades autorizadas a intervenir como entidades colaboradoras en el procedimiento de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido en régimen de viajeros regulado en el artículo 21, número 2º, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido", ha sido publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (http://www.minhafp.gob.es/es-ES/Normativa%20y%20doctrina/NormasEnTramitacion/Paginas/normasentramitacion.aspx) a fin de dar cumplimiento al trámite de información pública. La fecha límite para remitir, en su caso, aportaciones, es el 19 de enero de 2018. Les comunicamos que el "Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 179 “Declaración informativa de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos” y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación", ha sido publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y FunciónPública (http://www.minhafp.gob.es/esES/Normativa%20y%20doctrina/NormasEnTramitacion/Paginas/normasentramitacion.aspx) a fin de dar cumplimiento al trámite de información pública. La fecha límite para remitir, en su caso, aportaciones, es el 19 de enero de 2018. Les comunicamos que el "Proyecto de Orden por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2017, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos y por la que se modifica la orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria" ha sido publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (http://www.minhafp.gob.es/es-ES/Normativa%20y%20doctrina/NormasEnTramitacion/Paginas/normasentramitacion.aspx) a fin de dar cumplimiento al trámite de información pública. La fecha límite para remitir, en su caso, aportaciones, es el 16 de enero de 2018, e-mail para remitir aportaciones o sugerencias sobre cualquiera de los proyectos: secretariadepresidencia@aece.es
Información fiscal: Calendario del Contribuyente, recordatorio plazo próximo de vencimientos dás 15 y 22 de enero
Hasta el 22 de enero Presentación: RENTA Y SOCIEDADES Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. · Diciembre 2017. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230 · Cuarto trimestre 2017: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136 Con domiciliación bancaria hasta el 15 de enero Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216 (obligación trimestral): 1 a 15 de abril, julio, octubre y enero. IVA · Comunicación de incorporaciones en el mes de diciembre, régimen especial del grupo de entidades: 039 · Cuarto trimestre 2017: Servicios vía electrónica: 368 IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS · Diciembre 2017: 430 · Resumen anual 2017: 480 IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN · Octubre 2017. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558 · Octubre 2017. Grandes empresas: 561, 562, 563 · Diciembre 2017: 548, 566, 581 · Diciembre 2017: 570, 580 · Cuarto trimestre 2017: 521, 522, 547 · Cuarto trimestre 2017. Actividades V1, V2, V7, F1, F2: 553 · Cuarto trimestre 2017: 582 · Cuarto trimestre 2017. Solicitudes de devolución: 506, 507, 508, 524, 572 Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510 IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD · Diciembre 2017. Grandes empresas: 560 · Cuarto trimestre 2017. Excepto grandes empresas: 560 IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES · Año 2017. Autoliquidación: 584 · Año 2017. Autoliquidación anual: 585 · Tercer cuatrimestre 2017. Autoliquidación: 587 IMPUESTO ESPECIAL SOBRE EL CARBÓN · Cuarto trimestre 2017: 595 · Año 2017. Declaración anual de operaciones: 596
Información fiscal: Gestha explica cómo aprovechar la recta final del año para ahorrar unos 3.200 € en la Declaración del próximo ejercicio
Fuente: Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) Las rentas más elevadas son las que, paradójicamente, más se benefician de las reducciones y deducciones. Los contribuyentes podrán ahorrarse casi 3.200 euros de media en su próxima declaración de la renta si saben cómo aprovechar la recta final del año para sacar provecho de los cambios que introdujo la última reforma fiscal, según los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). Ahora bien, estas ventajas fiscales serán curiosamente más cuantiosas para los ciudadanos con ingresos y patrimonio elevados, pues la reforma de 2015 benefició, sobre todo, a las rentas altas. Como un ejemplo significativo, Gestha señala que los 16.977 madrileños que atesoran el 25,8% del patrimonio total declarado en España se ahorran el 44,1% de la cuota minorada con las deducciones y bonificaciones estatales del Impuesto sobre el Patrimonio, nada menos que 796 millones. O lo que es lo mismo, una fortuna madrileña declara un patrimonio medio de 8,8 millones y no tributa, ahorrándose de media 50.461 euros. De ellos, los 350 madrileños con un patrimonio superior a 30 millones, el 63,7% de los más acaudalados de España, se ahorran 782.021 euros de media. Igualmente, unos 2.100 riojanos desde 2014 aprovecharon una bonificación general del 50%, ahorrando unos 6,7 millones de euros. Si nos fijamos en el IRPF, entre las principales deducciones de las que podrán disfrutar los contribuyentes está la desgravación por compra o construcción de vivienda adquirida antes del 1 de enero de 2013, la compensación de las pérdidas generadas por un fondo de inversión, acciones o derivados financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas o la exención de tributar hasta 60.100 euros para los que trabajen en el extranjero. Asimismo, las ganancias obtenidas por los mayores de 65 años por la venta de cualquier bien están exentas de tributación tras la reforma fiscal. Ahora bien, esa exención se producirá siempre y cuando se destine el importe total obtenido a la creación de una renta vitalicia asegurada, con un límite de 240.000 euros y en un plazo de hasta seis meses. Calcular antes de precipitarse La realidad demuestra que son las personas con mayores ingresos y patrimonios quienes pueden aprovechar al máximo las ventajas fiscales. En concreto, los 82.069 contribuyentes que declaran ganar más de 150.000 euros anuales. No obstante, la mayoría de los declarantes puede aprovechar las ventajas fiscales y ahorrar en el IRPF cerca de 3.200 euros de media. Eso sí, siempre que dispongan de algo de dinero ahorrado. Precisamente, los Técnicos recomiendan que, antes de movilizar ese capital, cada persona conozca que el ahorro fiscal máximo que puede lograr es su carga real del IRPF. Es decir, el importe de la cuota resultante de la autoliquidación, pues Hacienda sólo devuelve las retenciones. De hecho, a buena parte del 96,5% de los declarantes de IRPF que ganan menos de 60.000 euros no le conviene invertir hasta el límite máximo de las deducciones disponibles, porque no aprovecharía las cuantías deducibles que superan su carga real del IRPF. 10 consejos fiscales Para reducir al máximo la factura fiscal de la declaración de la Renta correspondiente a 2017, que habrá que presentar entre los próximos meses de abril y junio, los Técnicos de Hacienda han elaborado un Decálogo de Consejos Fiscales a poner en práctica antes de que arranque el nuevo año. 1.- Aprovecha tu plan de pensiones Los últimos meses del año pueden ser una ocasión idónea para hacer aportaciones a un plan de pensiones o a un plan de previsión asegurado. Eso sí, hay que tener en cuenta que la reforma fiscal trajo consigo una reducción de la cantidad límite que se puede aportar. Y es que ese importe bajó de los 10.000 euros a los 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, independientemente de la edad. Asimismo, también reducen en la base imponible las aportaciones a planes de pensiones realizadas por el cónyuge del contribuyente cuando éste perciba rendimientos del trabajo o actividades económicas inferiores a los 8.000 euros. En este caso, el límite de la aportación pasó tras la reforma de 2.000 euros a 2.500 euros. La ventaja fiscal de los Planes de Pensiones, aunque sean un producto de ahorro, se refleja en la base general del Impuesto, no en la del ahorro. En este sentido, Gestha recuerda que invertir otros 6.357 euros de media para alcanzar el límite de estas aportaciones garantiza un ahorro fiscal adicional de unos 1.526 euros de media, variando este ahorro extra según los ingresos y la comunidad autónoma donde se resida. La estadística de los declarantes del IRPF muestra que esta ventaja es utilizada, sobre todo, por quienes disfrutan de mayores ingresos, especialmente por el 3,5% de los declarantes que son los que ingresan más de 60.000 euros, cuyo ahorro les supone el 45% de la aportación al Plan de Pensiones, variando este porcentaje en función del lugar de residencia. Esto se explica porque, a igualdad de importes invertidos en planes de pensiones, la ventaja fiscal para las mayores rentas es casi el doble que para las rentas medias, de forma que las rentas más altas obtienen en su declaración un retorno del 45% del importe invertido en el plan de pensiones. Fuente: Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) 2.- Continúa la deducción por compra de vivienda Gestha recuerda que aquellos que compraron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 seguirán disfrutando de su derecho a la desgravación, siempre y cuando hayan tenido deducciones por dicha vivienda en 2012 o años anteriores. De este modo, estos contribuyentes pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de inversión de 9.040 euros. Teniendo en cuenta este techo, puede resultar interesante realizar un pago adicional -de 4.477 euros de media- para amortizar la hipoteca o construir un inmueble (hay un plazo de cuatro años para terminarlo) antes de que finalice el año para reducir la factura fiscal en 671,57 euros. Eso sí, País Vasco y Navarra, que tienen su propio IRPF, podrán seguir con su deducción, incluidas las viviendas adquiridas después del 1 de enero de 2013; así la deducción en País Vasco es del 18% con el límite anual de 1.530 euros, y en el caso de jóvenes y familias numerosas el 23% con el límite máximo de 1.955 euros; mientras que la deducción en Navarra es del 15% de la adquisición de vivienda protegida con varios tipos superiores según la composición familiar y calificación de la vivienda adquirida hasta 2013 o 2015, y con una base máxima de deducción de 7.000 euros anuales en declaración individual o 15.000 euros en conjunta. 3.- Neutraliza la tributación de las plusvalías por venta de vivienda habitual Para quienes vendieran su casa este año, las ganancias obtenidas tributarán en la próxima declaración de la Renta entre el 19% y el 23%, en las Diputaciones del País Vasco entre el 20% y el 25%, y en Navarra entre el 19% y el 25%. No obstante, si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual será posible neutralizar este pago. 4.- Atención, mayores de 65 años Están exentas las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual por los contribuyentes mayores de 65 años o por personas dependientes severos o de grandes dependientes. En Navarra se limita la exención de personas dependientes y mayores de 70 años a los primeros 300.000 euros de ganancia, y en País Vasco se limita solo a los mayores de 65 años por los primeros 400.000 euros de ganancia y para una única transmisión. Igualmente, las ganancias obtenidas por los mayores de 65 años por la venta de cualquier bien están exentas de tributación, siempre y cuando el importe total, hasta un límite máximo de 240.000 euros, se destine a constituir una renta vitalicia asegurada en un plazo de seis meses. En Guipúzcoa y Navarra no existe esta exención. Precisamente, a estos dos últimos puntos es a los que afecta el llamado “hachazo” fiscal inmobiliario, según recuerda Gestha. Con la reforma fiscal estatal se suprimieron los coeficientes de corrección monetaria a partir de 2015, que corregían la depreciación monetaria actualizando el valor de adquisición. Respecto a los llamados coeficientes de abatimiento, que permiten disminuir parte de las plusvalías en las ventas de bienes no relacionados con actividades económicas y adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994, se aplican sólo hasta un importe de 400.000 euros (en País Vasco y Navarra no existe límite) y a la parte proporcional de la ganancia obtenida hasta el 20 de enero de 2006 (ésta puede quedar libre de tributación). Por tanto, los coeficientes de abatimiento siguen siendo aplicables en una buena parte de las transmisiones. Estas medidas implican que cuando la compra se produjo hace unos años, sobre todo después de 1995, y cuanto mayor sea la ganancia patrimonial, más interesante será procurar eximirla de tributación, siempre que se pueda encuadrar en alguno de los supuestos señalados. 5.- Compensar las pérdidas con ganancias Ser inversor en bolsa no sólo puede traer ganancias, sino también minusvalías. Por eso, Gestha avisa de que el final de año es un buen momento para hacer cuentas y compensar las pérdidas generadas por un fondo de inversión, acciones o derivados financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas. Aquí es importante recordar que no se podrán adquirir esos mismos valores o similares en los dos meses posteriores a la venta. Por otro lado, la reforma fiscal ha eliminado los compartimentos estancos para compensar rendimientos de capital mobiliario con ganancias y pérdidas patrimoniales. Es decir, a partir de 2015 se permite que los rendimientos negativos del capital mobiliario se compensen con las ganancias patrimoniales. El porcentaje de compensación estatal y en Navarra para el presente año será de un 20%, mientras que para 2018 será del 25%, respectivamente. En País Vasco los saldos negativos solo se compensan con los saldos positivos en los cuatro ejercicios siguientes, si bien los saldos negativos del capital mobiliario y del capital inmobiliario procedentes de viviendas pueden ser compensados entre sí. Por tanto, si existe rendimiento de capital mobiliario positivo es recomendable estudiar la materialización de las pérdidas en venta de acciones y otros productos patrimoniales o bien si existen ganancias patrimoniales, compensar con rendimientos negativos de capital mobiliario. 6.- ¿Trabajas fuera? Puedes ahorrar hasta 60.100 euros La crisis económica ha llevado a muchas empresas españolas a salir al extranjero y exportar sus servicios para poder seguir con su actividad, lo que tiene ventajas fiscales para el personal desplazado. En este sentido, los Técnicos recuerdan que los rendimientos que se han obtenido por los trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero por estos contribuyentes están exentos de tributación con un límite máximo de 60.100 euros anuales (en Navarra hasta 30.000 euros). Eso sí, se podrá aplicar esta deducción siempre y cuando en el territorio en el que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la del IRPF y no se trate de un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. Además, esta exención solo está destinada a desplazamientos temporales, ya que si el contribuyente es residente de otro país ya no tributaría en España. 7-. La solidaridad ‘se premia’… En estos últimos días del año Gestha recomienda a los contribuyentes que no se olviden de conservar el justificante de los importes donados a entidades solidarias. Por otra parte, también deducen en el ámbito estatal las cuotas sindicales y los gastos de defensa jurídica contra el empleador (estas con un límite de 300 euros), así como las de colegios profesionales con carácter obligatorio (estas también Navarra con un límite de 500 euros). En País Vasco existe una deducción del 20% de las cuotas satisfechas a sindicatos de trabajadores (también sin límite) y en Navarra la deducción es del 15% con un límite máximo de 600 euros anuales. Los Técnicos animan a los declarantes que donen a ONGs, fundaciones o cualquier entidad acogida a la Leyes estatal o forales de incentivos al mecenazgo que siempre pidan un certificado con sus datos identificativos, fecha e importe donado. Así, en el ámbito estatal el contribuyente podrá desgravarse un 75% de los primeros 150 euros donados y un 30% del resto de sus aportaciones, que aumenta al 35% si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido en cada uno de los tres últimos años. Además, están exentas las ganancias patrimoniales generadas si se donan bienes. También es posible deducir un 10% por donativos a otras fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública no acogidas a la Ley 49/2002. En País Vasco, la deducción es del 20% a las fundaciones o entidades acogidas a las Normas Forales reguladoras del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. En Navarra, la deducción es del 25% a las entidades acogidas a la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio. 8.- …y la ideología, también Por último, las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos pueden reportar al contribuyente algún beneficio adicional, ya que suponen una deducción del 20% (en Navarra es del 15%), limitada a un máximo de 600 euros. En País Vasco existe una deducción sin límite del 20% de las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos, salvo las cantidades aportadas obligatoriamente a su organización política por los cargos políticos de elección popular o de libre designación que hayan deducido el 25% de los rendimientos íntegros del citado puesto de trabajo si estos representan la principal fuente de renta del contribuyente. 9.- Planes de Ahorro 5: nada es lo que parece Estos instrumentos, que la reforma fiscal trajo para fomentar el ahorro a largo plazo de los pequeños ahorradores, están divididos en dos tipos: las Cuentas Individuales de Ahorro a Largo Plazo y Seguros Individuales a Largo Plazo. Y ambos tienen en común varias características. Por un lado, la inversión por aportación se limita a 5.000 euros al año. Por otro, los planes sólo pueden hacerse efectivos por el total en forma de capital. De igual modo, para que exista una exención de los rendimientos positivos es necesaria una permanencia de al menos cinco años desde la primera aportación. Por último, el beneficio se pierde si se hace cualquier disposición antes del plazo de cinco años. Ahora bien, hay que tener en cuenta que los tipos de interés están bajos, lo que se traduce en que con una inversión de 5.000 euros al año y a un tipo de interés anual estimado del 2% podría alcanzar 100 euros de interés, y cuando a los cinco años se hayan depositado 25.000 euros, se alcanzarían 1.540,6 euros de intereses acumulados en ese periodo si los tipos siguen en la misma línea, por lo que el beneficio fiscal real en ese lustro sería de 292,7 euros. La indisponibilidad y el escaso beneficio fiscal de los Planes de Ahorro 5 hacen que no sean especialmente atractivos, al menos con los tipos actuales, salvo para aquellos que prefieran incrementar sus ahorros a largo plazo con un producto seguro, aunque sin altas rentabilidades. En 2017 no se aplica esta exención únicamente en Álava, aunque la ventaja fiscal de estos planes entrará en vigor en dicho territorio a partir de enero de 2018. 10.- Incentivos para los ‘ángeles’ de los emprendedores En el conjunto del Estado español, un año más, los amigos y familiares de tercer grado del emprendedor que quiera constituir su propia empresa tienen una recompensa fiscal. La ley del IRPF estableció desde el 29 de septiembre de 2013 un incentivo a favor de los ‘business angels’ o personas interesadas en aportar capital para el inicio de una actividad o ‘capital semilla’, de modo que se puedan crear nuevas sociedades incorporando a su accionariado, dentro de los tres años desde su constitución, a estos inversores que deben mantener su participación entre tres y doce años. Estas inversiones permiten una deducción del 20% en la cuota estatal del IRPF de la inversión realizada al suscribir las acciones o participaciones de la sociedad, siendo la base máxima de la deducción de 50.000 euros anuales, limitada a una participación, junto con su cónyuge y familiares hasta el segundo grado incluido, nunca superior al 40% del capital de la entidad y cuyos fondos propios tampoco podrán superar los 400.000 euros al inicio del período de la entidad en que el inversor adquiera las acciones. Asimismo, se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación. A día de hoy, esta deducción es la tercera más potente del IRPF permitiendo deducir adicionalmente 799 euros de media a quien financie a una empresa reciente, aunque se precisa invertir otros 3.995 euros, lo que la convierte en la deducción más rentable de media en el IRPF, después de los planes de pensiones y la deducción en vivienda habitual. Este ahorro fiscal que establece la Ley de Emprendedores a nivel estatal para los Business Angels es complementario al ahorro fiscal establecido por algunas comunidades, como Andalucía, Aragón, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra o Vizcaya. http://www.economiadehoy.es/noticia/24528/economia/gestha-explica-como-aprovechar-la-recta-final-del-ano-para-ahorrar-unos-3.200--en-la-declaracion-del-proximo-ejercicio.html
Consulta pública de la Unión Europea sobre fiscalidad de la economía digital
La Unión Europea ha lanzado una consulta pública en materia de "fiscalidad justa para la economía digital" que estará disponible hasta el 3 de enero de 2018. Se invita a cualquier ciudadano, empresa u organización interesado en la evolución de la economía digital a contribuir. Se trata de un cuestionario on line de unos 20 minutos con cuestiones de diversa índole que permite una contestación parcial de solo las cuestiones sobre las que se tenga opinión. También permite aportar documentación adicional si se entiende oportuno. Las contribuciones recibidas, junto con la identidad del consultado, serán publicadas en Internet salvo que el consultado objete a la publicación de su identidad por dañar sus intereses legítimos, en cuyo caso se publicará de forma anónima. Para plantear una objeción a la publicación de la identidad se debe remitir un correo electrónico a TAXUD-DIGITAX@ec.europa.eu. Se puede acceder al cuestionario a través del siguiente enlace: https://ec.europa.eu/info/consultations/fair-taxation-digital-economy_en Una vez en esta página, si se desea contestar a la consulta en español, hay que ir al final de la página, pinchar en “answer the questionnaire” y, en la nueva página que aparece, cambiar de idioma en la pestaña “Languages” situada a la derecha.
Información de Interés: Resolución de 9 de octubre de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2018.
GRADO EN DERECHO
Fruto del acuerdo entre la AECE y el Centro de Gestión y Mediación Universitaria, a través de Centro de Estudios Universitarios CEDEU, informamos a nuestros asociados que se encuentra abierto el plazo de matricula para cursar el "GRADO EN DERECHO" Edición Especial Colectivos Profesionales, Titulo Oficial expedido por la Universidad Rey Juan Carlos, curso 2017-2018, que se impartirá "on line" con tutorías semipresenciales. También existe la posibilidad de cursar el GRADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESA" en la modalidad semipresencial. La impartición en otras localidades esta supeditada a la formación de un grupo como mínimo de 20 alumnos.
Información de Interés: Resumen de campaña oposición al cambio de plazos de presentación modelos 347 y 184
Invertía. El Economista. Legaltoday. Elespañol.
Nota de Prensa: Hacienda tensa las relaciones con los Asesores Fiscales, tratando de concentrar los plazos de presentación de determinados modelos sin una motivación ajustada a derecho.
Nota de Prensa Juan Carlos Berrocal Rangel. Presidente de la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España. (AECE) Los operadores económicos: empresas, autónomos y profesionales, tienen en su gran mayoría encomendados sus cumplimientos fiscales -motivados por la complejidad del sistema fiscal español- a los Asesores Fiscales. Estos a su vez, se relacionan en nombre de sus clientes con la Administración Tributaria a través -de forma obligatoria- de acuerdos de Colaboración Social en la aplicación de los tributos. En los últimos años, los Colectivos profesionales en la intermediación fiscal han sufrido el constante y creciente incremento de obligaciones mediante la implantación de modelos tributarios complejos, a lo que tenemos que sumar la presión de los plazos de cumplimiento en la tramitación y gestión fiscal. Vamos a exponer la última vuelta de tuerca que Hacienda quiere dar a estos colectivos. Hacienda tramita un Proyecto de Orden por el que se adelanta al mes de enero el plazo de presentación del Modelo 347 que es una declaración anual informativa de operaciones con terceras personas. Los empresarios y profesionales están obligados a la presentación del Modelo 347 siempre que hayan realizado operaciones con terceros por importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural, computando de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios. El plazo habitual para presentar el 347 era hasta el mes de marzo, hace varios años que ya se recortó al mes de febrero, con el consiguiente malestar entre los profesionales. Ahora se pretende imponer en el mes de Enero, mes que concentra gran cantidad de presentación de modelos declarativos unos liquidativos y otros informativos. Si tenemos en cuenta la merma de días hábiles producida por la festividad navideña, los días 1 y 6, más sábados y domingos y, qué hasta el mismo día de cierre del ejercicio, 31 de diciembre, se expiden facturas que se recibirán en enero, que tendremos que contabilizar y cuyo resultado trasladaremos al ámbito fiscal, nos encontramos con un plazo insuficiente de tiempo para la confección del 347, que requiere de una contrastación previa laboriosa entre clientes y proveedores para que el resultado consignado refleje exactamente el importe de la suma de las operaciones entre ellos realizadas, y por tanto, el dato tenga la calidad necesaria que se pretende y cumpla con su finalidad. La Administración Tributaria que, en el caso concreto del modelo 347, esgrime una débil motivación para concentrar los plazos: “la homogeneización”, que en nuestra opinión, da la espalda a los principios de ordenación y aplicación del sistema tributario, que establece su base en “principios de proporcionalidad, eficacia y limitación de costes indirectos derivados del cumplimiento de obligaciones formales y asegurará el respeto de los derechos y garantías de los obligados tributarios”. Así tenemos que frente a la homogeneización de plazos se incrementa como hemos comentado, por concentración y acumulación temporal, la carga y el coste de trabajo administrativo correspondiente a los cumplimientos sustantivos y formales tributarios de los contribuyentes, además en un plazo insuficiente de tiempo para una elaboración rigurosa y técnica, malogrando con esta medida las necesarias garantías en la realización de cualquier tarea con efectividad, eficacia y eficiencia. www.aece.es
Observaciones y oposición a la modificación de fechas en el plazo de presentación de los módelos 347 y 184
Apreciados compañeros, Ante la situación producida por la publicación del proyecto de orden ministerial con el que se pretende modificar la fecha de presentación de los Modelos 347 y 184, con el manifiesto malestar y la oposición que sobre esta medida tenemos los Asesores fiscales, por tanto, dentro del plazo conferido al efecto la Junta Directiva de la AECE, en el ejercicio de representación del colectivo de sus asociados y de sus fines sociales como son la defensa de los intereses profesionales, también a ultranza en beneficio de todos los ejercientes de la Colaboración social en la aplicación de los tributos y de los obligados Tributarios, procede a presentar observaciones al citado proyecto, expresando su oposición a la modificación de las fechas de los plazos de presentación. Adjuntamos el escrito presentado donde se recogen las cuestiones sustantivas y normativas que motivan la oposición a la citada modificación, se han obviado las cuestiones subjetivas que como sabemos son muchas y que se expondrán en su momento oportuno.
Información de interés: Comunicado del Ministerio de Hacienda y Función Pública sobre la Agencia Tributaria Catalana
4 de septiembre de 2017.- El Ministerio de Hacienda y Función Pública aclara que, en el marco del sistema de financiación autonómico, Cataluña, como las demás Comunidades Autónomas de régimen común, dispone de su propia Administración Tributaria, que es competente para gestionar sus propios tributos y los tributos estatales cuya recaudación se cede íntegramente a las CC AA de régimen común, como son el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, los tributos sobre el Juego y el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. El Ministerio recuerda que para el resto de tributos la normativa establece que los deberes de presentar las declaraciones y de pagar las deudas tributarias sólo se tienen por cumplidos si se realizan en la Administración Tributaria competente. Si se presentan ante otra Administración, las declaraciones se tendrán por no presentadas y las deudas por no pagadas. En consecuencia, en el caso de los impuestos cuya gestión corresponde al Estado, la AEAT podría iniciar procedimientos de comprobación, liquidar la deuda tributaria e imponer sanciones, así como iniciar el procedimiento de apremio para hacer efectivo el importe de la deuda. En su caso, estas conductas podrían ser constitutivas de delito contra la Hacienda Pública. En este sentido, se debe recordar que las personas jurídicas no tienen sólo responsabilidad tributaria, sino también responsabilidad penal, de acuerdo con el Código Penal. Además, sus administradores pueden incurrir en responsabilidad tributaria, como responsables solidarios o subsidiarios del pago de la deuda tributaria defraudada, en función de su grado de participación en la infracción tributaria. La Generalitat creó en 2007 la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC), como ente encargado de la aplicación de los tributos cuya gestión corresponde a la Generalitat, como otras CC AA disponen también de sus propias Agencias Tributarias autonómicas. La Generalitat ha aprobado disposiciones para impulsar la ATC y poder convertirla en la “Hacienda propia” de Cataluña, pero el Tribunal Constitucional ha anulado todas aquellas previsiones que excedían el marco constitucional y estatutario.
Información de interés: El Consejo General del Poder Judicial ha aceptado la solicitud de la Agencia Tributaria para que le sean remitidos todos los casos en los que han participado abogados y procuradores desde el año 2014, 2015 y 2016.
La Agencia Tributaria recibirá información de todos los casos llevados por procuradores y abogados entre 2014 y 2016
Información de interés: Se va a reformar la Ley 10/2010 de Prevención de blanqueo de capitales y financiación de terrorismo.
Tras la publicación en 2015 de la nueva directiva europea sobre prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, DIRECTIVA (UE) 2015/849 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 20 de mayo de 2015 relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifica el Reglamento (UE) no 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión; los Estados miembros debían adaptar sus legislaciones a los contenidos de esta nueva directiva. En concreto en el Artículo 67 de la nueva Directiva, se indica que: “1. Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva a más tardar el 26 de junio de 2017. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas medidas”. Por lo tanto, en estas fechas estamos ya fuera de plazo. Por ese motivo, el Ministerio de Economía, Industria y competitividad publicó el pasado mes de Mayo un documento titulado “Modificación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo para adecuarla a los contenidos de la directiva 849/2015, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015 relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo”; con el objetivo recabar opiniones y someterlo a consulta pública. Si bien en cierto que en el documento se indica que “La vigente Ley incorpora ya la mayor parte de las previsiones normativas contenidas en la Directiva 849/2015, de 20 de mayo. Sin embargo, es necesario llevar a cabo determinadas adaptaciones conceptuales en ciertos artículos, así como revisar el régimen de la potestad sancionadora para alinearlo con las nuevas exigencias y la regulación en materia de procedimiento administrativo que entró en vigor a finales de 2016”. Como resumen, los puntos más conflictivos que requieren modificación son: 1. Actualizar el régimen de sanciones. 2. incorporar un sistema que favorezca la detección de la comisión de infracciones contra lo dispuesto en la norma, mediante la potenciación de los mecanismos de denuncia, tanto internos de las entidades, como externos, de comunicación a las autoridades de potenciales infracciones. 3. Homogeneizar los criterios de prevención de blanqueo de capitales a nivel de grupo, aunque las sociedades se ubiquen en terceros países. Entendiendo el concepto de grupo como aquel en el que una sociedad tiene el control sobre otras, tal y como lo entiende la legislación mercantil y europea. 4. Crear un registro de personas que se dediquen profesionalmente a la prestación de servicios a sociedades y estructuras jurídicas sin personalidad jurídica. 5. Revisar el concepto de país tercero equivalente en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Países que tengan una normativa de prevención adecuada y equivalente a la europea. 6. Incorporar la obligatoria aplicación de medidas de diligencia reforzada en relación con los países de la lista elaborada por la UE (países que muestren deficiencias estratégicas que planteen amenazas importantes para el sistema financiero). 7. limitaciones al uso de la información recopilada por los sujetos obligados en la aplicación de las medidas de diligencia debida. 8. Reformar los umbrales para la consideración como sujetos obligados de las personas que comercien con bienes en efectivo. Este umbral debe reducirse de los 15.000 euros actuales a los 10.000 euros. Publicado por el autor en: https://gregorio-labatut.blogspot.com.es/2017/08/se-va-reformar-la-ley-102010-de.html Un saludo cordial y feliz verano. Gregorio Labatut Serer. Profesor titular de la Universidad de Valencia y Presidente de honor del INBLAC.
Información de Interés: El Grupo de Acción Financiera Internacional GAFI se reunió en Valencia el pasado mes de junio. Los asesores fiscales están en el punto de mira.
Autor: Gregorio Labatut
Diploma de Especialización Profesional Universitario de Experto Contable con ERP Curso 2017-2018
La AECE colabora activamente en esta iniciativa docente, abierto el plazo de matrícula para la cursar el Diploma de Especialización Profesional Universitario de Experto Contable con ERP, a través de la Universidad de Valencia, mas información sobre el programa, profesorado, objetivos y metodología, seguir el link que figura al final de esta nota.
Noticia de interés: Leopoldo Abadía y José Maria Gay de Liébana explican el secreto para reinventarse.
El secreto para reinventarse, según los maestros Gay de Liébana y Abadía. Los reconocidos economistas debaten en Foment del Treball sobre la necesidad de reinventarse en estos tiempos cambiantes. Fuente: La Vanguardia.07/07/2017
Información de interés: Publicados los Presupuestos Generales del Estado para 2017
BOE de 28/06/2017 Medidas en el ámbito tributario y de S.Social.
Información de interés: Se modifica el plazo de ingreso en período voluntario de las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2017.
El nuevo plazo comprenderá desde el 15 de septiembre hasta el 20 de noviembre. Resolución de 19 de junio de 2017,del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2017 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas. (BOE, 26-junio-2017)
Información de interés: Incidente de Nulidad. Recurso contra el doble rasero en la lista Falciani: la prescripción, rumbo al TC.
La prescripción de la segunda lista Falciani enfrenta a dos tribunales por un día. La defensa de un asesor fiscal lo lleva al Constitucional. Hay decenas de millones en juego para Hacienda. El Confidencial 06/05/2017
Información de interés: Si reciben una llamada de la Agencia Tributaria, no se asusten:
Este año comienza un plan piloto para que sea la AEAT la que tome la iniciativa de llamar a algunos contribuyentes.
Información de interés: Bruselas estudia imponer sanciones a los Asesores Fiscales que impulsen el fraude
04/05/2017 elEconomista.es
Información de Interés: Firmado convenio de Colaboración entre el Gobierno de Cantabria y la AECE
para la utilización de la pasarela de pago telemático de impuestos.
Noticia fiscal: España deja de ingresar 19.000 millones por los tipos reducidos y exenciones del IVA. Invertia.
España deja de ingresar anualmente cerca de 19.000 millones de euros por los tipos reducidos y las exenciones del IVA, de acuerdo con las previsión que ha realizado el Gobierno para 2017, lo que representa el 28% de la recaudación total de este impuesto.
Noticia: Comunicamos el fallecimiento del Compañero D. Arturo González Pareja, Presidente de la AECE en Canarias.
El fallecimiento se produjo ayer sábado día 15. Arturo estuvo al frente de la Delegación de la AECE en Canarias mas de 16 años contribuyendo además como Vocal en las distintas Juntas Directivas a las que perteneció. El funeral será hoy día 16, a las 15:00 horas en el Tanatorio Servisa, Autopista Sta.Cruz-La Laguna, Km. 5. Nuestro mas sentido pésame a su familia y muchos ánimos para superar estos duros momentos. Compañero y amigo Arturo descansa en paz. La Junta Directiva.
Noticia fiscal: Las 40 denuncias a los evasores de la segunda lista Falciani están prescritas por un solo día
La Audiencia de Madrid archiva el primer caso porque las diligencias judiciales se abrieron el 1 de julio de 2013, un día después de que prescribiera el delito fiscal del año 2007
Información de interés:
Proyecto Presupuestos Generales del Estado 2017 El 4 de abril de 2017 ha sido presentado a las Cortes Generales el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2017. Esta página facilita el acceso a diversa documentación relativa al mismo. Entre otra, se presenta información sobre: el articulado de la Ley; los estados de ingresos y gastos; los presupuestos de explotación y capital; el informe económico financiero; las memorias de objetivos de cada una de las secciones presupuestarias; los anexos de inversiones reales; la memoria económico-orgánica y la memoria por programas; el presupuesto consolidado; el anexo de flujos financieros España-Unión Europea; la liquidación del Presupuesto de 2015; el avance de la liquidación del Presupuesto de 2016; y los gastos de funcionamiento e inversiones del Banco de España. Para ver el Proyecto pulsar sobre el texto.
Información de Interés: Servicio Técnico AEAT, Acercándose Renta2016 nuevo phishing suplantando la identidad de la AEAT.
Recordamos nuestro aviso de seguridad
Información fiscal: El profesor Gay de Liebana, para la Vanguardia sobre el colapso en los tribunales económico-administrativos
La AECE en su Editorial del último número de la revista Cont4bl3, denunciaba "El descomunal colapso de los tribunales económico-administrativos, con más de 180.000 expedientes sin resolver, con la incertidumbre por parte de los contribuyentes que ven pasar los años sin la resolución de sus contenciosos con la Administración Tributaria". Ahora el profesor Gay de Líebana explica en este video las posibles causas de esta situación.
Información de interés: La Agencia Tributaria propone un plus a sus empleados si ingresan más por IVA
El bonus de productividad para combatir la economía sumergida de los trabajadores del Fisco también depende de que los ingresos por lucha contra el fraude superen una horquilla entre los 11.000 y los 12.500 millones.
Información de interés: Información Aduana entre España y el Principado de Andorra
Límites para presentar la Declaración de movimientos de Medios de Pagos. Límites de valor, cantidades y unidades de productos exentos de Declarar su compra. Límite para solicitar la devolución de IVA para residentes en Andorra. Límites y requisitos para viajar con mascotas.
Montoro asegura que las grandes empresas deben pagar más para mantener la paz social
Así lo ha afirmado el ministro de Hacienda en la comisión correspondiente del Congreso, " la gran empresa tributaba al 3% y ahora lo hace al 7%, cuando las pequeñas y medianas empresas (pymes) tributan al 18%". fuente: elconfidencial.com
CLÁUSULAS SUELO: Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo.
Análisis del borrador del Real Decreto-Ley sobre la devolución de las cláusulas suelo
Durante el día de hoy el Gobierno aprobará el esperado Real Decreto Ley para posibilitar la solución de controversias entre consumidores y usuarios en relación a los contratos de préstamo con garantía hipotecaria que contienen las denominadas "cláusulas suelo". Les contamos qué contiene el borrador de dicha norma y cuales son sus puntos fundamentales. 19-1-2017 | Fuente diariolaley - Wolters Kluwer
Instrucciones internas de la AEAT sobre la gestión de APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS de pagos con efectos del 1 de enero de 2017
A ver si de una vez por todas se resuelve este NUEVO GALIMATIAS DE LA AEAT, que trae causa primero por la prohibición expresa de aplazamientos y fraccionamientos contenidas en el Real Decreto-ley 3/2016, posteriormente y a través de los medios de comunicación por el propio Ministro de Hacienda, manifestando la inminente permisividad de aplazamiento y fraccionamiento de determinadas deudas tributarias y a determinados sujetos pasivos (mención a autónomos y pymes), para posteriormente salir publicada el día 13 de este mes, una instrucción o nota en la web de la AEAT sobre tramitación de los aplazamiento e incidencia de la medida en los autónomos, todo lo cual ha generado una tremenda confusión entre los Asesores Fiscales, al no mencionarse a las Pymes dentro de los procesos automatizados de aplazamientos. Hoy día 18 de enero y a 13 días de que finalice el plazo voluntario (día 30 de enero) de ingreso del 4º trimestre de IRPF e IVA, ante la inseguridad profesional y jurídica con que se encuentra el Asesor Fiscal a la hora de informar y tramitar la posibilidad de aplazar las cuotas devengadas de sus clientes, inseguridad no resuelta por los funcionarios de la AEAT que no tenían conocimiento de cómo actuar ante la prohibición de aplazamiento por el RDL. Llega algo de luz a este Galimatías en la Instrucción Interna de la AEAT, fechada hoy día 18 de la que hemos tenido conocimiento y que dadas las circunstancias hacemos publica para saber a qué atenerse en la tramitación y gestión de los aplazamientos y fraccionamientos. Esa es la interpretación, o mejor, el criterio establecido por la AEAT para admitir todas las deudas que en conjunto se aplacen o fraccionen siendo -30.000,00 €, sin garantía y sin justificación de cobro de las cuotas repercutidas en el caso del IVA, considerándose mediante el procedimiento de recaudación denominado "actuaciones administrativas con resolución automatizadas", con limitación en el plazo de concesión a 12 meses sujetos pasivos personas físicas y a 6 meses sujetos pasivos con personalidad jurídica. Dentro de la tramitación automatizada las solicitudes presentadas inferiores a 1000,00 €, no se limitarán a los plazos de 12 y 6 meses, sino que se concederán automáticamente los plazos requeridos por el solicitante siempre que sus fraccionamientos no sean inferiores a 30,00 €. +30.000,00 € se tramitan por el "procedimiento ordinario", con el requerimiento de los requisitos de garantías, falta de tesorería y prueba admitida en derecho sobre el no cobro de las cuotas repercutidas. De momentos se soluciona el desaguisado, que veníamos anunciando desde que se publico el RDL de prohibición expresa de determinados aplazamientos, así en tiempo "in extremis" se coloca este parche, de dudosa y cuestionable legalidad en su forma, pero de incuestionable beneficio en el fondo. La desinformación publica sobre este tema es de tal calado, que la AECE se ve en la obligación de publicar las notas internas de la AEAT para procurar algo de seguridad jurídica en las actuaciones como Colaboradores sociales. invertia.com hace eco de la noticia publicada por AECE
Nota de la AEAT: Nuevo Criterio que permite APLAZAR Y FRACCIONAR el IRPF e IVA para los autonómos.
Queremos entender, a pesar de lo farragoso de la exposición de la instrucción, que todos los autónomos podrán fraccionar deudas por su IRPF e IVA cualquiera que sea su importe, con la particularidad que los importes inferiores a 30.000 € NO necesitaran acreditar que las cuotas de IVA repercutidas no han sido cobradas. Juan Carlos Berrocal Rangel. Presidente AECE
Información de Interés: Comunicado del Ministerio de Hacienda y Función Pública sobre la actualización de los valores catastrales
Información de Interés: Justicia amplía los servicios digitales a personas físicas y jurídicas desde este 1 de enero
Las personas físicas podrán elegir la Sede Judicial Electrónica para comunicarse con la Administración de Justicia en aquellos procedimientos que no requieran abogado, procurador o graduado social, como la reclamación de deudas a través del proceso monitorio. Este servicio será gratuito y accesible todos los días del año y las 24 horas del día. Un paso adelante en el camino hacia la Justicia digital que afecta también a las personas jurídicas, a las entidades sin personalidad jurídica y a las Administraciones Públicas, que están obligadas desde este 1 de enero a utilizar los medios digitales en sus relaciones con la Administración de Justicia. 02/01/2017
Noticias de Interés: El Gobierno aprobará el viernes un procedimiento para la devolución de las cláusulas suelo
Ell Gobierno aprobará un código de buenas prácticas para presionar a la banca en los reintegros
Articulo de Opinión: "Un posible Madrid-Barça en el patio de la cárcel" . Fuente CincoDías. Autor: José María Peláez Martos
"El Código Penal establece que quien pague lo defraudado antes de ser citado por la Inspección, no ha cometido delito fiscal, ni de blanqueo de capitales”
Sentencias: El TUE obliga a los bancos a devolver todo el dinero cobrado a los afectados por cláusulas suelo
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 21 de diciembre de 2016 (*) «Procedimiento prejudicial — Directiva 93/13/CEE — Contratos celebrados con los consumidores — Préstamos hipotecarios — Cláusulas abusivas — Artículo 4, apartado 2 — Artículo 6, apartado 1 — Declaración de nulidad — Limitación por el juez nacional de los efectos en el tiempo de la declaración de nulidad de una cláusula abusiva»
Información de Interés: Calendario del Contribuyente de Enero de 2017.
Recordamos que algunos Resúmenes Anuales se presentan hasta el día 30, como el M-390 y otros hasta el 31, como el M-190, ver Calendario
Noticia de interés: La Agencia Tributaria desmantela una trama de fraude en la importación de mercancías desde Asia. Operación Impala
En la fase operativa se han realizado nueve detenciones, entradas y registros en siete domicilios de Coslada, Fuenlabrada, Madrid capital y Montaverner (Valencia), así como embargos de cuentas y bienes por importe de 4 millones de euros. La organización importaba mercancías de China y Pakistán, declarando en las aduanas un valor muy inferior al real Las empresas habrían defraudado 12 millones de euros en el IVA de los últimos cinco años
Inscripción a los listados de Registros de Expertos Independientes en los Registro Mercantiles Provinciales..
Vamos a proceder a su renovación es obligatorio para quien desee inscribirse cumplimentar el fomulario a través de la WEB.
Información de interes profesional, nuevo Calendario de dias inhábiles 2016 al amparo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Calendario 2016 de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. Por otro lado, como novedad, la mencionada Ley en su artículo 30.2, excluye los sábados del cómputo de plazos.
Artículo de interés: Asesor fiscal y contable, ¿profesión de alto riesgo?.
Gregorio Labatut Serer "......es urgente regular la profesión de asesor contable y fiscal, de modo que queden definidas claramente sus responsabilidades, por lo que habría que trabajar en confeccionar el Estatuto del Asesor Fiscal.
Información de interés: El nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), entro en vigor el 25 de mayo de 2016. Aunque no comenzará a aplicarse hasta el 25/05/2018
Adjuntamos dos documentos: 1º.- Implicaciones prácticas del Reglamento General de Protección de Datos para entidades en el periodo de transición. Publicado por la AEPD. La Agencia recomienda a las organizaciones que vayan adaptando sus procesos, ya que la nueva normativa supone una gestión distinta de la que se viene empleando. 2º.- El Reglamento de protección de datos en 12 preguntas Publicado por la AEPD El Reglamento General de Protección de Datos ha entrado en vigor el 25 de mayo de 2016. La AEPD ha elaborado este documento simplificado, que sigue el formato pregunta-respuesta, para facilitar la comprensión del nuevo marco normativo a los ciudadanos y ayudar a las organizaciones a adaptarse a los cambios que incorpora y cumplir así con sus obligaciones.
Información de interés: Recordamos que AECE firmó el 20/01/2010 convenio con CIRCE - Centro de Información y Red de Creación de Empresas
Que posibilita que el asociado que lo desee pueda inscribirse como PAE - Punto de Atención al Emprendedor. Adjuntamos las últimas noticias publicadas sobre subvenciones y ayudas.
Información de Interés: Acta de la Reunión del Pleno del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios de 26 de noviembre de 2015, aprobada el 5 de julio de 2016
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Información de interés:Publicación del listado de deudores a la Hacienda Pública (art. 95 bis LGT)
En cumplimiento de lo establecido en el art. 95 bis de la Ley General Tributaria y la Orden HAP/364/2016,se publica el listado comprensivo de los deudores a la Hacienda Pública por deudas y sanciones pendientes de pago, que superan el importe de 1.000.000€ y no se encuentran ni suspendidas ni aplazadas, obrantes en el Sistema de Información de la AEAT a fecha de referencia 31 de diciembre de 2015.
Información fiscal: Inspecciones a Jugadores. Hacienda multa a jugadores "online" aunque perdieran dinero.
La Agencia Tributaria levanta actas a apostantes sin contar las pérdidas. Exige 447.000 euros a una jugadora que solo ganó 4.700 euros en apuestas en 2010. Noticia de El Confidencial.
Información de interés: Sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación de la AEAT.
Resolución de 1 de abril de 2016, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 22 de enero de 2013, sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación.
Información de interés: Renovación de certificados FNMT-RCM de persona jurídica y entidades sin personalidad jurídica
El 1 de julio de 2016 será aplicable en su práctica totalidad el Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento europeo y del Consejo de 23 de julo de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE. Con el objetivo de adaptarse a estos cambios técnicos, a partir del próximo mes de marzo la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre–Real Casa de la Moneda (FNMT–RCM) comenzará a expedir los nuevos certificados de representante de persona jurídica, de representante de entidad sin personalidad jurídica y de representante para administradores únicos y solidarios. A partir de esa fecha, dejarán de emitirse los actuales certificados de persona jurídica y de entidad sin personalidad jurídica, y la renovación de los mismos no podrá realizarse a través de la página web. No obstante, podrán seguir utilizándose hasta su caducidad o revocación. Por tanto, a partir del mes de marzo de 2016 podrán obtenerse los nuevos certificados de representante, actuando de la siguiente forma: Si se trata de un administrador único o solidario, podrá obtener su certificado de representante sin necesidad de personarse en las oficinas de registro ni aportar documentación alguna, siempre que se identifique en la página Web CERES, cuyo enlace encontrará más abajo, con un certificado electrónico de persona física expedido por la FNMT–RCM o de los incluidos en el DNI electrónico (la expedición del certificado queda sometido a la vigencia de las facultades de representación que consten en el Registro Mercantil a favor del interesado). Si no es administrador único o solidario, o si no puede identificarse en la página web como se ha descrito en el párrafo anterior, es preciso personarse en una oficina de registro para obtener un certificado de representante, con la documentación exigible en cada caso.
Información de interés:Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales. Instrucciones sobre revisión de garantias anteriores a la entrada en vigor del CAU
La presente nota tiene por objeto fijar criterios de revisión de las garantías, por deudas potenciales, con anterioridad a la entrada en vigor del CAU. En todo caso quedan al margen de la misma, las garantías de tránsito, que se regulan por sus reglas específicas y las exigidas en las autorizaciones únicas de regímenes aduaneros económicos. Esta revisión de garantía se efectuará a instancia del interesado. Tras verificar que la empresa es titular del certificado OEA de simplificaciones o el completo, se procederá a aplicar los criterios de la presente nota. Fuente: www.aeat.es
Información de Interés: Hacienda renovará este año el plan de incentivos para mejorar los objetivos de lucha contra el fraude
La Agencia Tributaria pretende renovar nuevamente este año el ‘Plan Especial de Intensificación de Actuaciones’
Noticia de Interés FALLOS EN LA PRESENTACIÓN M-130 EN LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA AEAT
Efectivamente, otro trimestre mas con incidencias en la presentaciones, los fallos contrastados hoy (22/01/2016) a nivel nacional, consisten en la no validación por el sistema de la presentación de los modelos 130, error informático que están tratando de solucionar. Los modelos 303 y 390 funcionan correctamente en su presentación-validación por el sistema.
Información de interés: El 1 de febrero de 2016 finaliza el período de adaptación SEPA y desaparecen los formatos de ficheros TXT,
Se recomienda contar con todos los IBAN de vuestros clientes y cercioraros de que tenéis la carta de mandato bancario debidamente cumplimentada y firmada, para que no puedan devolveros los adeudos en 13 meses (que es el plazo estipulado si no hay carta de mandato firmada). Se adjuntan modelos de carta de mandato para firmar por los clientes.
Información de Interés: Publicación del listado de deudores a la Hacienda Pública (art. 95 bis LGT)
En cumplimiento de lo establecido en el art. 95 bis de la Ley General Tributaria y la Orden AP/2216/2015, se publica el listado comprensivo de los deudores a la Hacienda Pública por deudas y sanciones pendientes de pago, que superan el importe de 1.000.000€ y no se encuentran suspendidas ni aplazadas, obrantes en el Sistema de Información de la AEAT a fecha de referencia 31 de julio de 2015.
Información de interés profesional: Aplicación de la guía edifact de DUA importación versión V5.0.
Se comunica que desde el próximo 13 de enero de 2016 estará disponible la versión de importación ICS005 en la parte no referida al pre-DUA: Posibilidad de declarar el MRN de pre-DUAs para su complementación: fecha de aplicación por confirmar. Complementación de la Cas. 44 del DUA con los certificados de servicios no aduaneros necesarios. Nuevo servicio web de "Envío de Certificados pendientes por el Operador" disponible en producción el 13 de enero de 2016. Nuevo valor en el circuito del DUA (amarillo): indicará que al DUA le faltan certificados de servicios no aduaneros, necesarios para obtener el levante. Disponible en producción el 13 de enero de 2016. Cuando se obtenga circuito naranja o rojo y al DUA le falten certificados de servicios no aduaneros o se obtenga circuito amarillo, en la respuesta de la Aduana figurarán los certificados de servicios no aduaneros necesarios para el levante y los organismos que los expiden. Disponible en producción el 13 de enero de 2016. Se prevé la convivencia de la versión ICS005 con la versión actual, ICS004, hasta el 4 de mayo de 2016.
Información de Interés profesional: Convenio entre el Reino de España y el Principado de Andorra para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal y su Protocolo, hecho «Ad Referéndum» en Andorra la Vella
El Reino de España y el Principado de Andorra, deseando promover el desarrollo de sus relaciones económicas y mejorar la cooperación en materia fiscal. Con la intención de concluir un Convenio para evitar la doble imposición con respecto al impuesto sobre la renta, sin generar oportunidades para la no imposición o la imposición reducida a través de la evasión o elusión fiscales han acordado lo siguiente:
Información de interés profesional: Publicada en los BOE días 16 y 17 de Noviembre.,
Blanqueo de capitales. Información tributaria. Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Información de interés profesional:La nueva Ley de Auditoria impone limitaciones a los honorarios de los Auditores. (casos prácticos).
La nueva Ley de Auditoria Ley 22/2015, de 20 de julio impone nuevas obligaciones de cumplimiento a los auditores de cuentas, para prevenir las amenazas a la independencia e incompatibilidades (Arts.14 a 20 de la Ley 22/2015) y el régimen de contratación, limitaciones y transparencia. (Arts.22 a 25).
Información de Interés: recordatorio de la obligación de cumplir con la LOPD
Cumplir con la LOPD no es difícil. Descubre cómo. La AGPD facilita el cumplimiento de obligaciones a los profesionales. Inscribe tu fichero de forma gratuita. Canal del responsable
Información de Interés:La Agencia Tributaria y las empresas refuerzan el Código de Buenas Prácticas para avanzar en transparencia y seguridad jurídica.
La AEAT tendrá a su disposición información temprana de las empresas sobre su presencia en paraísos fiscales, cumplimiento de ‘BEPS’, estructura de financiación y riesgos fiscales que consideren más significativos. Se establece un catálogo de 11 indicadores de buenas prácticas, de manera que, si la Agencia considera que una empresa está incumpliendo, podrá reclamar al consejo de administración compromisos concretos con el código. Este avance en la relación cooperativa permitirá una mayor agilidad en el control tributario que reducirá la conflictividad y llevará al establecimiento de un estándar de buena gobernanza para las empresas implicadas. Foro de Grandes Empresas, Conclusiones relativas al desarrollo y seguimiento de la aplicación del "Código de buenas prácticas tributarias" en el marzo del modelo de relación cooperativa entre la Agencia Tributaria y las Empresas.
Información de interés: Entidades financieras adheridas al Código de Buenas Prácticas
Resolución de 23 de octubre de 2015, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica la lista de entidades que han comunicado su adhesión al Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual, actualizada al tercer trimestre de 2015.
Información de interés profesional: LEY DEL MERCADO DE VALORES
Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores
Información de interés profesional: REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES
Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.
Información de interés fiscal: La Agencia Tributaria informa de la interrupción de los servicios informáticos mañana sábado 24
Nota: Interrupción en los servicios informáticos de la Agencia Tributaria Por motivos técnicos el próximo sábado 24 de octubre se interrumpirán todos los servicios informáticos de la Agencia Tributaria desde las 18:00 horas hasta las 23:00 horas. Disculpen las molestias.
Información de interes profesional: ¿Qué utilidad tiene el Documento Único Electrónico (DUE)?
En el BOE del pasado día 16 de octubre de 2015 se aprobó el Real Decreto 867/2015, de 2 de octubre, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico para el cese de actividad y extinción de las sociedades de responsabilidad limitada y el cese de actividad de las empresas individuales.REGORIO LABATUT SERER
Información de interés profesional:¿Emprender por cuenta propia o constituyendo una sociedad? Gregorio Labatut
Cuando alguien tiene pensada una idea de negocio, lo primero que tiene que hacer es verificar si es viable y rentable mediante la confección de un plan de viabilidad. En el plan de viabilidad, una de las cuestiones importantes que hay que tener en cuenta es cómo va a realizarse desde el punto de vista mercantil la futura explotación de este negocio, esto es, si se va a constituir una sociedad para ello o no. En este artículo vamos a ofrecerte las ventajas e inconvenientes de las dos opciones.
Información fiscal: Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros.
La presente orden tiene como objeto mantener la finalidad última de la exención prevista, que no es sólo la agilización del procedimiento de gestión de estas solicitudes, impulsando su gestión automatizada, sino también otorgar facilidades al obligado al pago para el cumplimiento de sus obligaciones de derecho público ante dificultades económico financieras de carácter transitorio. A este respecto se considera necesario elevar el límite de la citada exención de la obligación de aportar garantías
Información fiscal: Hacienda permitirá aplazar hasta 30.000 € en impuestos sin necesidad de aportar aval
El Gobierno, a instancias del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, se dispone a aprobar una orden por la que la Agencia Tributaria permitirá a los contribuyentes -ya sean particulares o empresas- solicitar aplazamientos o fraccionamientos de deuda de hasta 30.000 euros sin tener para ello que presentar avales o garantías adicionales. Hasta ahora, ese límite se situaba en los 18.000 euros, por lo que el cambio es de una importancia sustancial.
Información de interes profesional: Comparecencia del director general de la AEAT en el Senado
Menéndez anuncia que la Agencia Tributaria prevé cerrar 2015 con 13.500 millones de euros de resultados por lucha contra el fraude. La Agencia Tributaria superaría así en 1.200 millones de euros los resultados obtenidos el año pasado, que fueron los mayores de su historia. Menéndez ha recordado que desde 2012 hasta junio de 2015, la Agencia ha recaudado más de 40.000 millones de euros por sus labores de control. El director de la Agencia Tributaria subraya la importancia del patrimonio en el exterior identificado a partir del modelo 720, más de 126.300 millones de euros, a efectos de comprobaciones presentes y futuras.
Orden HAP/1952/2015, de 24 de septiembre, por la que se establece la relación de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales que establezca la
Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
Legislación. Aprobada la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público,
Publicada en el BOE la normativa para la reforma del funcionamiento de las Administraciones Públicas Apuesta por una Administración Pública, íntegramente electrónica, con cero papel e interconectada. Facilita las relaciones electrónicas de los ciudadanos y las empresas con la Administración, así como las comunicaciones electrónicas entre las Administraciones. Aumenta la transparencia al crear nuevos registros públicos administrativos. Racionaliza la estructura administrativa y establece, por primera vez, un régimen de supervisión, evaluación y extinción de los entes públicos
Información de interés profesional: La puesta en marcha de la Iniciativa PYME permitirá a más de 40.000 pymes y autónomos acceder a 4.000 millones de euros en créditos
A partir de hoy, las pequeñas y medianas empresas españolas podrán acceder a créditos en ventajosas condiciones después de que ayer se firmara en Madrid el acuerdo entre los bancos españoles Santander, Popular, Caixa, Sabadell, Bankia y Bankinter y el Fondo Europeo de Inversiones.
Información de interes profesional: Publicada la reforma parcial de la Ley General Tributaria
Los cambios en la norma harán más transparente y eficaz la lucha contra el fraude, reducirán la conflictividad e incrementarán la seguridad jurídica de las normas tributarias La lista de morosos con Hacienda se publicará a final de año Hacienda amplía las potestades de comprobación e investigación para luchar contra el fraude; se fijan nuevos plazos para el procedimiento inspector, con un período más amplio pero limitando las causas de suspensión
Información de interés profesional: Las 10 claves del Real Decreto-Ley 10/2015, de medidas para los empleados públicos, créditos extraordinarios y otras acciones de estímulo de la economía BOE de 12 de septiembre. Fuente: Wolters Kluwers
Información de interés profesional: Proyecto sobre los Presupuestos Generales del Estado para 2016, se fijan el tipo de interés legal del dinero en el 3,00 %y el interés de demora al 3,75 %.
Disposición adicional trigésima segunda. Interés legal del dinero. Uno. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 3,00 por ciento hasta el 31 de diciembre del año 2016. Dos. Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere al artículo 26.6 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, será del 3,75 por ciento. Tres. Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere el artículo 38.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, será el 3,75 por ciento.
Información de interés profesional: Proyecto Presupuestos Generales del Estado para 2016
Proyecto Presupuestos Generales del Estado 2016
Información de interés: Presentación resumen por capítulos en cifras del PGE 2016 aprobados en Consejo de Ministros del 31/07/2015,
que serán presentados hoy dia 4 por la Vicepresidenta, ministra de la Presidencia y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría y el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, en el Congreso de los Diputados.
Novedad legislativa: aspectos básicos de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. (BOE de 29 de julio)
Las 10 claves sobre la segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.
Información de interés profesional: La AEPD simplifica y amplía sus servicios online de inscripción y notificación de ficheros.
La Agencia incorpora dos nuevas líneas de servicios que simplifican los procedimientos existentes y facilitan a los sujetos obligados el cumplimiento de la normativa de protección de datos.
Información de Interés: Publicación de la Agenda Anual Digital para España, Julio 2015
Siendo la AECE, agente colaborador del Ministerio de Industria, Energía y Turismo en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones, trasladamos la información de la Agenda Digital actualizada a julio de 2015.
Apuntes: "La Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas", entrada en vigor el 01/07/2015. Cedido por la empresa TUTELA
Hoy 1 de julio de 2015 entra en vigor de la reforma del Código Penal. Se endurece la carga de responsabilidad penal en los representantes legales de las empresas ADMINISTRADORES, APODERADOS O CONSEJEROS,
También en quienes actúen individualmente o como integrantes de un órgano siempre que puedan tomar decisiones.
INCIDENCIAS EN LA PRESENTACION DE DOMICILIACIÓN RENTA, HOY 25 ULTIMO DIA
Comunicadas incidencias por asociados, en cuanto a errores en la presentación domiciliada de la Renta hoy día 25. Posible solución momentánea, hasta que la resuelvan definitivamente.
Información ICAC: Examen para inscripción en el ROAC
El 4 de Julio de 2015 finaliza el plazo para presentar la solicitud de admisión para la realización del examen de aptitud profesional para la inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
Orden ECC/1087/2015, de 5 de junio, por la que se regula la obtención del sello de Pequeña y Mediana Empresa Innovadora y se crea y regula el Registro de la Pequeña y Mediana Empresa Innovadora
El Registro de PYMES innovadoras, de carácter gratuito para las empresas y con un alto grado de automatismo en su actualización, no supondrá nuevas estructuras ni barreras administrativas para las mismas y facilitará el acceso de las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) a la contratación pública. Su funcionamiento, con base en lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y su normativa de desarrollo, deberá hacerse íntegramente mediante medios telemáticos, a fin de agilizar las relaciones con la Administración Pública.
Noticia fiscal: Novedades AEAT - Nuevo Tablón Edictal Único (TEU) en el BOE
En este sentido, se ha adaptado la Ley General Tributaria (art. 112) para que la AEAT empiece a publicar notificaciones en el nuevo Tablón Edictal Único (TEU) a partir del 1 de junio de 2015. Conforme a la nueva redacción del artículo 112, las publicaciones se efectuarán los lunes, miércoles y viernes. Por todo ello, el último anuncio que se publicará en la Sede Electrónica será el martes 26 de mayo de 2015.
Otra Información de lnteres: I MÁSTER UNIVERSITARIO EN ASESORÍA FISCAL (Universidad Antonio Nebrija)
Fruto del acuerdo entre la AECE y el Centro de Gestión y Mediación Universitaria, informamos a nuestros asociados que se encuentra abierto el plazo de matricula para cursar el "I MASTER UNIVERSITARIO EN ASESORÍA FISCAL" Edición Especial Colectivos Profesionales, Titulo Oficial expedido por la Universidad Antonio Nebrija, en horario semipresencial.
Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial.Publicada en el BOE dia 28
Guía Rápida Emprende en 3: Para Emprendedores y Asesores de Empresas.
Acuerdo de Colaboración entre el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y la AECE para la divulgación de la herramienta Emprende en 3 que facilita los trámites de puesta en marcha de los negocios
Noticia CNMV: Multa de más de dos millones a NCG
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha impuesto cuatro multas por más de 2 millones de euros a NCG Banco, actual Abanca, por irregularidades en la comercialización de participaciones preferentes por las antiguas cajas gallegas, Caixa Galicia y Caixanova. Las sanciones, que suman un total de 2.050.000 euros, son de 1.000.000 euros, 800.000 euros, 200.000 euros y 50.000 euros, han sido publicados el sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Noticia fiscal: Reforma de Ley General Tributaria, dura critica del Consejo de Estado. Se pretende aprobar en Consejo de Ministros de este próximo viernes
Información de Interes, publicado el nuevo Código Penal.
Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Noticia Blanqueo Capitales: Aviso de la banca a sus clientes: deben presentar el DNI antes del 30 de abril o bloquearán sus cuentas
Práctica fiscal: Régimen fiscal de las cooperativas.
Adjuntamos consulta del INFORMA que puede llevar a la pérdida de la condición de fiscalmente protegida de multitud de cooperativas de trabajo asociado
Noticia fiscal: Operación ‘White’ Macrooperación de la AEAT contra las ventas en negro en el Mercado Central del Pescado de Barcelona.
Más de un centenar de funcionarios de la AEAT, con la colaboración de los Mossos d’Esquadra, registran 23 puestos y 10 oficinas pertenecientes a una veintena de sociedades mayoristas que operan en Mercabarna Las sociedades inspeccionadas declaraban una facturación anual superior a los 300 millones de euros y podrían estar ocultando más del 30% de sus ventas reales De acuerdo con las investigaciones previas realizadas, las sociedades disponían de un sistema informático que permitía seleccionar a voluntad las ventas que decidían ocultar en su contabilidad y en las declaraciones tributarias
Noticia económica: El PIB crecerá un 3% y el paro bajará al 20,4% en 2015, según Funcas El consumo, la reactivación del mercado laboral y el aumento de la construcción serán las palancas que impulsarán este despegue de la economía
Noticia fiscal: Nuevas DAFAS: A partir de hoy 9 de marzo se podrán solicitar las deducciones para los nuevos supuestos de familias monoparentales con dos hijos, pensionistas y desempleados.
Se amplia un mes, hasta el 31 de marzo, el plazo para solicitar los pagos anticipados acumulados desde enero en todos los supuestos. Los solicitantes que han presentado con errores formales el modelo 143 de solicitud de pago anticipado podrán agilizar el cobro por internet o teléfono completando la solicitud o sustituyéndola, en su caso, por una nueva.
Noticia fiscal: Balance anual de resultados de control tributario La Agencia Tributaria aumenta un 12,5% sus resultados de lucha contra el fraude en 2014 hasta alcanzar los 12.318 millones
El Plan de Intensificación de Actuaciones se completa con un sobrecumplimiento del objetivo presupuestario del 24,5%, 700 millones de euros más que el máximo previsto El pasado año se realizaron 99.580 actuaciones inspectoras, un 6,8% más, con un importe liquidado en inspección de casi 5.000 millones de euros Las investigaciones patrimoniales para detectar falsos insolventes crecen un 81%, y un 26% las actuaciones presenciales para afianzar el cobro de deudas Se efectuaron 7.410 visitas para aflorar alquileres opacos, un 11,3% más que en 2013, y se incrementaron un 59% las actuaciones con unidades de auditoría informática para descubrir actividad sumergida
El director de la Agencia Tributaria niega que exista politización o filtraciones partidistas
Durante su intervención ante la Comisión de Hacienda del Congreso para informar sobre los resultados de la lucha contra el fraude fiscal el año pasado
Noticias fiscales: Sala de Prensa, Noticias Hacienda y Administraciones Públicas
Intensificación de las acciones contra el fraude, contrabando y falsificaciones de productos. Acuerdo para adaptar los nuevos tributos estatales con la Comunidad Foral de Navarra y reducir la conflictividad entre ambas Administraciones
Noticia fiscal: Lucha contra el fraude La Agencia Tributaria envía al Sepblac un listado de 705 contribuyentes de la Declaración Tributaria Especial por indicios de blanqueo de capitales
Hacienda lanza inspecciones masivas a bufetes y colegios
Los abogados son un objetivo prioritario del Fisco en su cerco a las sociedades instrumentales.
Noticia fiscal: La posible inconstitucionalidad del Impuesto sobre Sociedades. Expansión.
Reunión anual de Delegados de la AEAT, Montoro anuncia que en 2014 se han recaudado 12.300 millones por lucha contra el fraude, récord histórico
Operación ‘Flash’ La Agencia Tributaria destapa una trama de fraude en IVA en el sector de la informática que habría defraudado más de 35 millones de euros
NUEVO RECIBO SALARIAL
Ha entrado en vigor la orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre, por la que se modifica el anexo de la Orden de 27 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el modelo de recibo individual de salarios.