Actualidad
Nota de la AEAT: Nuevo Criterio que permite APLAZAR Y FRACCIONAR el IRPF e IVA para los autonómos.
13 de enero de 2017Queremos entender, a pesar de lo farragoso de la exposición de la instrucción, que todos los autónomos podrán fraccionar deudas por su IRPF e IVA cualquiera que sea su importe, con la particularidad que los importes inferiores a 30.000 € NO necesitaran acreditar que las cuotas de IVA repercutidas no han sido cobradas.
Juan Carlos Berrocal Rangel. Presidente AECE
Los aplazamientos a los autónomos tras el Real Decreto-ley 3/2016
Medidas del Real Decreto-ley 3/2016 en materia de aplazamientos
El Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, eliminó la posibilidad de conceder aplazamientos o fraccionamientos de determinadas deudas tributarias, entre ellas las derivadas de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades y las derivadas de tributos que, como el IVA, deben ser legalmente repercutidos, salvo que se justifique que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas.
Tramitación de los aplazamientos tras el Real Decreto-ley 3/2016
Las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas afectadas por esta medida se inadmitirán, mientras que el resto de solicitudes se tramitarán en función de su importe, de acuerdo con el procedimiento establecido, que no ha sido modificado por el Real Decreto-ley. Así, las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento que se refieran a deudas por importe global igual o inferior a 30.000 euros no necesitarán aportar garantías, y se tramitarán mediante un proceso automatizado. Las solicitudes por un importe global superior deberán aportar las garantías adecuadas y se tramitarán mediante un proceso ordinario no automatizado. El límite exento de aportar garantías se elevó en octubre de 2015 desde 18.000 euros a los 30.000 euros actuales.
Incidencia de la medida para los autónomos
Por lo que se refiere a los autónomos, la medida relativa a los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades no les afecta, puesto que tributan en el IRPF. La medida sobre el IVA repercutido sí les afecta, si bien van a poder seguir solicitando aplazamientos y fraccionamientos de IVA si justifican que no han cobrado las cuotas repercutidas. Por tanto, la principal modificación para los autónomos será que deberán acreditar que no han cobrado las cuotas de IVA repercutidas, en particular en aquellas solicitudes que excedan el límite exento de garantías.
En consecuencia, los autónomos podrán solicitar el aplazamiento, cualquiera que sea su importe, de su IRPF e IVA en las siguientes circunstancias, en función del importe global de la deuda:
- Si las solicitudes se refieren a una deuda cuyo importe global es igual o inferior a 30.000 euros, se podrán conceder los aplazamientos, sin garantías, hasta un máximo de 12 plazos mensuales, salvo que el obligado hubiera solicitado un número de plazos inferior, en cuyo caso, se concederán los plazos solicitados. La periodicidad de los pagos será, en todo caso, mensual. Se tramitan mediante un mecanismo automatizado de resolución.
- Si las solicitudes se refieren a una deuda cuyo importe global excede de 30.000 euros, se podrán conceder los aplazamientos, en función del tipo de garantía aportada por el deudor, y por un plazo máximo de 36 plazos mensuales, salvo que el obligado hubiera solicitado un número de plazos inferior, en cuyo caso, se concederán los plazos solicitados. Si las deudas son por IVA, será necesario, además, acreditar que las cuotas de IVA repercutidas no han sido pagadas. Fuente: www.aeat.es
CONCLUSION:
Queremos entender, a pesar de lo farragoso de la exposición de la instrucción, que todos los autónomos podrán fraccionar deudas por su IRPF e IVA cualquiera que sea su importe, con la particularidad que los importes inferiores a 30.000 € NO necesitaran acreditar que las cuotas de IVA repercutidas no han sido cobradas.
JCBR
Compartir
¿los socios tienen que hacer el registro retributivo?
Una cooperativa de trabajo asociado, de menos de 50 trabajadores, ¿los socios tienen que hacer el registro retributivo?
17 de septiembre¿qué implicaciones puede tener unas participaciones exentas en el IP, no incluidas en la propia declaración del IP del donante?
De cara a la donación de participaciones, ¿qué implicaciones puede tener unas participaciones exentas en el IP, no incluidas en la propia declaración del IP del donante?
16 de septiembre¿Debe atribuirse el derecho de error a todos los contribuyentes?
Acceder al vídeo.
13 de septiembre¿hay algún caso en el que para calcular el porcentaje que se posee del usufructo, se vayan restando años a medida que pasa el tiempo, o siempre es el porcentaje del usufructo que se posee cuando se constituye?
Cuando se consolida el dominio para el cálculo del usufructo, ¿hay algún caso en el que para calcular el porcentaje que se posee del usufructo, se vayan restando años a medida que pasa el tiempo, o siempre es el porcentaje del usufructo que se posee cuando se constituye?
12 de septiembreEn el caso de las trabajadoras empleadas de hogar ¿Quién debe ser el instructor del caso? ¿Ante quién puede la trabajadora poner la denuncia dentro de esa empresa?
Acceder al vídeo
11 de septiembreAtendiendo a los 3 métodos de cálculo, ¿qué valor tendría que tener en cuenta a efecto de determinar la ganancia patrimonial y la liquidación del ITP?
En una compra-venta de participaciones, si el valor de transmisión es superior al valor fiscal, atendiendo a los 3 métodos de cálculo, ¿qué valor tendría que tener en cuenta a efecto de determinar la ganancia patrimonial y la liquidación del ITP?
10 de septiembreModelos 172 y 173, ¿crees que la hacienda española tiene datos suficientes para detectar las impresiones en criptomonedas?
Acceder al vídeo
9 de septiembreA la hora de calcular la ganancia patrimonial en IRPF, ¿Cuál sería la liquidación mayor en el caso de consolidación por negocio jurídico distinto?
En los casos de consolidación del dominio por otro negocio jurídico, o en los casos de consolidación de un tercero a la hora de calcular la ganancia patrimonial en IRPF, ¿Cuál sería la liquidación mayor en el caso de consolidación por negocio jurídico distinto?
6 de septiembre¿Debemos pagar lo mismo al resto de trabajadores con ese mismo puesto de trabajo y condiciones profesionales?
Según lo indicado, si un trabajador, hombre o mujer, al ser contratado, y negocia con la empresa un salario anual. ¿Debemos pagar lo mismo al resto de trabajadores con ese mismo puesto de trabajo y condiciones profesionales?
5 de septiembreModificación del modelo 303 del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Para sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral en la autoliquidación del tercer trimestre de 2024. - Para sujetos pasivos con periodo de liquidación mensual en la autoliquidación de septiembre de 2024.