~"...deberán comunicar al Registro Mercantil en que se encuentren inscritos... ... Un nombre de dominio o dirección de Internet, así como todo acto de sustitución o cancelación de los mismos."
La obligación de comunicación deberá cumplirse en el plazo de un mes desde la obtención, sustitución o cancelación del correspondiente nombre de dominio o dirección de internet.
La mencionada comunicación se deberà realizar en el Registro Mercantil, previa legitimación de firma.
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