Actualidad
Gran éxito de participación
26 de noviembre de 2015AECE demanda a la Administración Tributaria un verdadero estatuto de la colaboración social.
AECE presentó la acreditación y registro de "EXPERTO CONTABLE ACREDITADO AECE", una homologación práctica con los profesionales contables de los países de nuestro entorno comunitario.
Durante el I Encuentro de Expertos Contables y Tributarios de España
AECE RECLAMA UNA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MÁS EFICIENTE Y UNA REFORMA DEL MARCO JURÍDICO DE LA COLABORACIÓN SOCIAL EN LA APLICACIÓN DE LOS TRIBUTOS.
>> El Primer Encuentro de Expertos Contables y Tributarios de España aboga en Barcelona por la necesidad de simplificar el complejo laberinto normativo fiscal.
>> AECE también demanda a la Administración Tributaria un verdadero estatuto de la colaboración social que mejore la relación en la aplicación en el pago de los tributos
>> AECE presentó la acreditación y registro de "EXPERTO CONTABLE ACREDITADO AECE", una homologación práctica con los profesionales contables de los paises de nuestro entorno comunitario.
Barcelona, 24 de noviembre de 2015. El Palacio de Congresos de Barcelona ha sido el marco que ha acogido la celebración del I Encuentro de Expertos Contables Tributarios de España. Un evento en el que han participado más de 1000 profesionales venidos de toda España, y donde la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España (AECE) ha expuesto las demandas que actualmente se están reclamando a la Administración Tributaria: la necesidad de simplificar el complejo sistema normativo fiscal donde abundan los conceptos jurídicos indeterminados que provocan un aumento de la litigiosidad, y una adecuada regulación del conjunto de relaciones triangulares entre contribuyente, asesor fiscal y Administración Tributaria para el correcto ejercicio profesional de la presentación y representación en el marco de la colaboración social en la aplicación de los tributos”.
La inauguración del acto ha corrido a cargo del anfitrión del evento Juan Carlos Berrocal, presidente de AECE que, en primer lugar, ha querido agradecer a todos los participantes su asistencia a este primer congreso. “El gran número de asistentes nos permite calificar de éxito este I Encuentro de Expertos Contables y Tributarios de España. Una oportunidad única para reivindicar que el colectivo al que represento exige una adecuada regulación y reconocimiento en las relaciones profesionales con la Administración Tributaria y en el ejercicio profesional de la contabilidad, como garantía de éxito”.
Carlos Andreu, reconocido conferenciante, coach y consultor ha sido el primero en participar en este evento con una ponencia sobre “ Cómo conciliar el crecimiento personal con la mejora profesional”. Una primera toma de contacto que ha permitido a los asistentes reflexionar sobre la mejor forma de compatibilizar trabajo y vida personal.
Tras esta introducción, la segunda intervención de este Primer Encuentro ha corrido a cargo de Juan Pérez de Siles Hervias, Socio Fundador del Bufete Pérez de Siles Abogados y que ha ofrecido la charla sobre “La gestión de la asesoría y del despacho profesional” en la que ha explicado cómo el asesor es retribuido. De esta forma, Juan puntualiza que “el asesor tiene el derecho de retribución y es libre de hacerlo para pactar en relación a los honorarios, la cuantía, forma y pacto de cobro¨.
Juan Carlos Berrocal, presidente de AECE, y Julio Bonmatí, Vocal de la Junta Directiva de esta misma entidad han ofrecido la tercera ponencia: “El asesor y la colaboración social: luces y muchas sombras”, en la que han expuesto el mapa conceptual de la colaboración social en la aplicación de los tributos analizando su aplicación en la actualidad. En la intervención ambos ponentes han solicitado una mejora y adecuada regulación del conjunto de relaciones triangulares entre contribuyente, asesor fiscal y Administración Tributaria para el correcto ejercicio profesional además de demandar un marco regulatorio que identifique claramente los deberes y obligaciones de ambas entidades.
El I Encuentro de Expertos Contables y Tributarios de España ha finalizado con una mesa redonda en la que se ha analizado la situación actual de la profesión de Experto Contable en España. Durante esta, se ha presentado el Registro y Certificación de Experto Contable Acreditado AECE que se abordó bajo el título “Profesión Europea: Cómo obtener la acreditación”. El acto estuvo moderado por el Redactor Jefe de la revista Cont4bl3, Carlos Pérez Vaquero, que preguntó a los cuatro ponentes –Marta Díez-Rábago, Tomás Seco, Antonio Ibarra y Joaquín Concejo, vocales de la Junta Directiva AECE, todas las cuestiones relativas a esta nueva certificación.
Este evento también ha sido el foro para hacer entrega al ganador del V Premio “Antonio Lázaro Cané” a Aurelio Ayala con el artículo “Economistas contra Economistas” y la entrega de tres placas de reconocimiento y agradecimiento a los asociados fundadores de la AECE: D. Manuel Garrido, D. Jaime Torres y al expresidente D. Antonio Lázaro. www.aece.es
Compartir
¿Qué puede hacer la comunidad de propietarios?
En una comunidad de propietarios, el trabajador (conserje de la finca) denuncia de manera permanente a la comunidad de propietarios en Inspección de trabajo por acoso y por hechos inciertos. De momento estamos en la 4 denuncia, ninguna de ellas ha dado lugar a la apertura de expediente, una vez valorados los hechos por el Inspector que no lo considera al quedar desvirtuados los hechos que denuncia
29 de julioLa actuación de la Inspección de Trabajo tras la sentencia 126/2026 del Tribunal Supremo
Con fecha 14 de abril de 2026, el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, ha dictado sentencia que resuelve el recurso de casación promovido contra la sentencia del TSJ de la Comunidad Valenciana 126/2026, de 27 de febrero, dictada en procedimiento especial de tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.
29 de julio¿sería correcto?
Una empresa española que abre una planta de producción en Tunez y tiene un empleado que lo desplaza temporalmente dos años como director, des del primer mes desplazado, se le añade una nómina de 5.000 € de sueldo bruto al mes en concepto de servicios prestados en el extranjero, exento de IRPF, por el artículo 7.p., ¿sería correcto?
28 de julio¿qué ocurre si únicamente cede una parte de la explotación en aparcería recibiendo como contraprestación una parte de los productos obtenidos y explota directamente el resto de la explotación?
Si un agricultor cede sus tierras en aparcería, no puede tributar en el REAGP. Sin embargo, ¿qué ocurre si únicamente cede una parte de la explotación en aparcería recibiendo como contraprestación una parte de los productos obtenidos y explota directamente el resto de la explotación?
27 de julio¿Como consideras la posibilidad de traspasar la empresa a los propios trabajadores, en caso de sociedad con 7 trabajadores y dos socios que quieren acceder a su jubilación llegando acuerdos entre ellos?
Toni Izquierdo Paterna, socio director de Izquierdo Motter Consulting y especialista en despachos profesionales y asesorías, responde a esta cuestión en el desayuno del 27 de marzo de 2026, Situación del sector, el despacho y el socio.
24 de julio¿Qué podríamos hacer?
Un caso en el que el inspector intenta implementar el convenio de hostelería a una empresa que se dedica única y exclusivamente a la intermediación de viviendas turísticas y nos indica que el convenio aplicable sí os sí es hostelería por la naturaleza de la vivienda. ¿Qué podríamos hacer?
23 de julio¿Cómo se justifica la exención por el articulo 7.p?
Un militar que es desplazado al extranjero, en Eslovaquia durante 23 días en diciembre de 2024 y 167 de enero a junio de 2025. ¿Cómo se justifica la exención por el articulo 7.p?
22 de julioLa doctrina del “doble tiro” en el TS: ¿bajo ningún concepto y en ninguna circunstancia cabe una tercera liquidación?
1.- Precisiones previas Antes de comentar el contenido de la denominada doctrina del “doble tiro”, conviene hacer unas recisiones previas que expliquen la razón del nacimiento de esta doctrina.
22 de julio¿La comunidad de bienes se puede acogerse al REAGP?
Dos o tres propietarios forman una comunidad de bienes, los socios de la comunidad de bienes aportan ganado y otros terrenos de pastoreo. ¿La comunidad de bienes se puede acogerse al REAGP?
21 de julio¿Qué tarifas se están aplicando por la recepción de las notificaciones electrónicas?
Toni Izquierdo Paterna, socio director de Izquierdo Motter Consulting y especialista en despachos profesionales y asesorías, responde a esta cuestión en el desayuno del 27 de marzo de 2026, Situación del sector, el despacho y el socio.