Actualidad
Práctica contable: Publicada Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoria de Cuentas.
22 de julio de 2015Entrada en vigor el 17/06/2016 con carácter general.
Con carácter particular el 01/01/2016 y el 22/07/2015.+informacion
1. Esta Ley entrará en vigor el día 17 de junio de 2016. No obstante lo anterior, lo previsto en los capítulos I, III y IV, secciones 1.ª a 4.ª, del título I, en relación con la realización de trabajos de auditoría de cuentas y la emisión de los informes correspondientes, será de aplicación a los trabajos de auditoría sobre cuentas anuales correspondientes a ejercicios económicos que se inicien a partir de dicha fecha, así como a los de otros estados financieros o documentos contables correspondientes a dicho ejercicio económico.
2. Adicionalmente, las siguientes disposiciones entrarán en vigor al día siguiente de la publicación de esta Ley en el «Boletín Oficial del Estado»:
a) El artículo 11, en relación con los requisitos exigidos a las sociedades de auditoría.
b) El artículo 69.5, en lo referente a la habilitación contenida en relación con la tramitación abreviada del procedimiento sancionador.
c) La disposición adicional cuarta, en relación con la colaboración de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
3. Asimismo, entrarán en vigor el 1 de enero de 2016 las siguientes disposiciones:
a) Los artículos 21.1, primer párrafo, en relación con el periodo de vigencia de las incompatibilidades, y 39.1, en relación al periodo de cómputo de incompatibilidades a que se refiere el artículo 5.1 del Reglamento (UE) 537/2014, de 16 de abril.
b) El artículo 58, relativo al Comité de Auditoría de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
c) Los artículos 87 y 88, en relación con las tasas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. cve: BOE-A-2015-8147 Verificable en http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 173 Martes 21 de julio de 2015 Sec. I. Pág. 60366
d) Los apartados uno a tres, siete a once y catorce a diecinueve de la disposición final cuarta, que modifica el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. e) La disposición final duodécima, referida al no incremento de gasto.
4. Lo previsto en la disposición adicional décima (información de los pagos efectuados a las Administraciones Públicas), en la disposición final cuarta (modificación del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital) apartados cuatro a seis, doce y trece, en la disposición final primera (modificación del Código de Comercio), en la disposición final quinta (Modificación de la Ley del Impuesto sobre Sociedades) y en la disposición final decimotercera (Régimen jurídico de la reserva por Fondo de Comercio) será de aplicación a los estados financieros que se correspondan con los ejercicios que comiencen a partir de 1 de enero de 2016.
ACCESO A LA LEY 22/2015 DE 20 DE JULIO DE AUDITORIA DE CUENTAS BOE 21/07/2015
Compartir
Universidad de Estados Unidos que realiza un semestre en España. Los profesores que vienen de Estados Unidos para impartir las clases, ¿en qué tipo se encuadran?
Luis Vidal Martín Sanz, licenciado en Derecho, profesor CEF y socio director de GlobalNeovisa, responde a esta cuestión en el desayuno del 23 de septiembre de 2025, Novedades en extranjería y movilidad internacional.
12 de diciembre¿Qué problema habría si una empresa holding es patrimonial y recibiera dividendos de la empresa filial que no tributa por doble imposición?
Rafael Granados Bonilla, director en el área Fiscal y Tributario, licenciado en Derecho por la UAB, diplomado en Asesoria y Gestión Tributaria por ESADE y más de 25 años de experiencia en la planificación y asesoramiento tributarios a empresas.
11 de diciembreNota Informativa AEAT - Verifactu
NOTA INFORMATIVA: Ampliación del plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación (SIF) Te informamos sobre los nuevos plazos de adaptación a los SIF De acuerdo con la modificación introducida por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, se amplía el plazo que tienen los obligados tributarios para adaptar sus sistemas infor
11 de diciembre¿se considera operación vinculada?
Un socio con más del 25% de participación en la sociedad transmite un inmueble a la empresa como una aportación al capital social, ¿se considera operación vinculada?
10 de diciembre¿Se liquida el IVA en España o bien en Francia a través de la ventanilla única?
Minorista español adquiere mercancías a España, el producto está en España y se reexpide a clientes finales a Francia por valor de más de 10.000 €. ¿Se liquida el IVA en España o bien en Francia a través de la ventanilla única?
9 de diciembreUna persona con una manifestación de protección internacional, ¿puede trabajar?
Luis Vidal Martín Sanz, licenciado en Derecho, profesor CEF y socio director de GlobalNeovisa, responde a esta cuestión en el desayuno del 23 de septiembre de 2025, Novedades en extranjería y movilidad internacional.
5 de diciembre¿Qué se declara, lo total del año o el volumen hasta la fecha de cambio?
Durante el ejercicio en cuestión se modifican las condiciones de vinculación entre las partes, por ejemplo, venta de participaciones, pero las partes siguen trabajando juntas durante todo el ejercicio. ¿Qué se declara, lo total del año o el volumen hasta la fecha de cambio?
4 de diciembrePublicado en el BOE el aplazamiento de la entrada en vigor del nuevo RRSIF
Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para favorecer la actividad inversora de las entidades locales y de las comunidades autónomas, y por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten l
3 de diciembre¿La empresa tiene que otorgar algún tipo de autorización o apoderamiento ante la agencia tributaria, a la empresa que facilita el sistema informático de facturación para la emisión de los archivos de la modalidad Veri*factu?
Bartolomé Borrego Zabala, vocal AEAT, responde a esta cuestión en el desayuno del 11 de noviembre de 2025, Sistemas Informáticos de Facturación (Verifactu) - PARTE TEÓRICA
2 de diciembreSuspendida la entrada en vigor del Sistema Informático de facturación - Veri*factu
Te informamos que según información avanzada por la Ministra Pilar Alegría, con posterioridad a la reunión del Consejo de Ministros, se confirma el aplazamiento de la entrada en vigor de las obligaciones en relación con el nuevo sistema de facturación Veri*Factu, por un periodo de un año, es decir, hasta 1 de enero de 2027 para empresas, y 1 de juli