Actualidad
Información corporativa: En defensa de nuestro colectivo, notificamos al Gobierno, que en estas condiciones no podemos presentar correctamente las liquidaciones de nuestros clientes-contribuyentes.
5 de abril de 2020Los Asesores Fiscales insistimos en la necesidad de ampliación de plazos para presentar los impuestos en nombre de los autónomos, pymes y declarantes del IRPF.
En la situación que estamos viviendo no se cumplen las condiciones necesarias para hacer nuestro trabajo con las mínimas garantías de responsabilidad y seguridad.
#NoPuedoPresentarImpuestos #AECEconloscontribuyentes #stopcalendariofiscal
Exigimos a la Administración Tributaria el cumplimiento cooperativo de las obligaciones tributarias en la colaboración social en la aplicación de los tributos, tal y como establecen los artículos 92 y 93 de la LGT.
Estimado compañero,
Si giramos la mirada a los países de nuestro entorno comunitario comprobamos que 22 de ellos han ampliado los plazos voluntarios de recaudación de impuestos de los meses de marzo y abril hasta julio e incluso algunos hasta septiembre. Al igual que lo han hecho 15 de nuestras Comunidades Autónomas, en los impuestos de sus competencias.
Cuatro son los escritos que AECE, junto con los demás colectivos que integramos el Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios, hemos dirigido a las máximas autoridades de los Ministerios de Hacienda, Economía y Presidencia, exponiéndoles nuestros razonamientos y solicitando-reiterando que se amplíen los plazos de presentación de autoliquidaciones tributarias y declaraciones. La negativa por parte de la Ministra de Hacienda ha sido tajante. No entendemos este posicionamiento, cuando lo que se solicita es un aplazamiento. En primer lugar, para que los autónomos y pymes tengan liquidez y, en segundo lugar, para que los Asesores fiscales podamos hacer nuestro trabajo con las mínimas garantías de responsabilidad y seguridad.
Para el Ejecutivo somos actividad esencial para cuestiones “urgentes” como es recaudar impuestos deprisa y corriendo. Obligan a los empresarios a romper el confinamiento y que se trasladen a sus centros de trabajo a recopilar facturas y nos las traigan al despacho. Nos obligan a incumplir el distanciamiento social para atender a nuestros clientes, para recepcionar los documentos contables y asesorar su planificación fiscal. Nos obligan a trabajar con documentos, la mayoría de las veces en papel, material donde la supervivencia del COVID-19 permanece, según los investigadores, hasta 5 días, sin posibilidad de ponerlos en cuarentena, porque no tenemos plazo para contabilizar y procesar toda la documentación.
En fin, un despropósito más. Pero, incluso iniciado el plazo de presentación, volvemos a solicitar al Gobierno que recapacite y apruebe la ampliación de presentación de liquidaciones y declaraciones, sumándonos a las peticiones de asociaciones de autónomos y colectivos empresariales.
Atentamente
La Junta Directiva

Compartir
¿Cómo se ha de considerar el alquiler con cobro de mensualidades al considerar como una compra futura?
José Antonio Almoguera San Martín, Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, responde a esta cuestión en el desayuno del 3 de abril de 2025, Liquidación en el IRPF de Rendimientos de capital inmobiliario.
19 de mayo¿Nosotros tenemos que ir comprobando uno a uno si están correctos y el cambio se tiene que realizar en el apartado que Has indicado?
Respecto a la CNAE 2025, la Tesorería General de la Seguridad Social nos envía notificaciones de aquellos que tenemos que cambiar, o ¿nosotros tenemos que ir comprobando uno a uno si están correctos y el cambio se tiene que realizar en el apartado que Has indicado?
16 de mayoCon relación a las facturas con retención cobradas en el ejercicio siguiente, ¿en qué ejercicio se deberán incluir?
María del Mar Puente Casasola, Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales y Técnica de Hacienda, responde a esta cuestión en el desayuno del 6 de febrero de 2025, Modelo 347.
15 de mayo¿Esos importantes son deducibles en impuestos de sociedades? ¿Deberían pedir factura por dichos importes?
En una S.L. que realiza actividad profesional - Abogacía - (formada por 3 socios abogados, y además los 3 son administradores solidarios). Si el cargo de administrador es retribuido en estatutos en 20.000 € por año para cada administrador. ¿Esos importantes son deducibles en impuestos de sociedades? ¿Deberían pedir factura por dichos importes?
14 de mayoLos principios contable el devengo en el impuesto de sociedades y su visión a través de la jurisprudencia del tribunal supremo en el año 2024
Sería obvio razonar aquí sobre el hecho de que todas las parcelas del ser humano están sometidas a una continua y permanente revisión. Por su posición central en la gestión de la empresa, la contabilidad es, sin duda, una de las disciplinas más innovadas hasta el presente y con mayor capacidad de evolución en el porvenir.
14 de mayo¿Habríamos declarado por la opción de compra por una ganancia inexistente?
En el ejemplo de opción de compra, indico que había que declarar su importe como ganancia patrimonial a descontar en el momento de la venta. Pero, y si la venta produce una pérdida en lugar de ganancia, ¿habríamos declarado por la opción de compra por una ganancia inexistente?
13 de mayoDel trámite de audiencia a más de la comunicación al trabajador,
¿se debe dar traslado a los representantes de los trabajadores o se les debe incluso implicar en el sentido de que además de conocer el trámite, puedan manifestar lo que entiendan del mismo?
13 de mayoAsamblea General Ordinaria 2025
Convocatoria de la Asamblea General Ordinaria 2025
12 de mayoCliente residente en España desde el año 2024, que tiene cuentas corrientes y bienes inmuebles en Estados Unidos,
la información suministrada por los bancos recoge únicamente el saldo a 31 de diciembre, pero nada dice del saldo medio. Con respecto al inmueble aporta valoración del 2024 para la liquidación de impuestos, ¿serviría esto?
9 de mayoCuando la liquidación complementaria la hace de oficio la tesorería general de la seguridad social, siempre nos envían el boletín con recargo, ¿dónde informan de la notificación sin recargo?
Eva Suárez, directora provincial de la TGSS y el INSS de Cantabria y Diana Suárez, subdirectora provincial de Gestión Recaudatoria, responden a esta cuestión en el desayuno del 21 de marzo de 2025, Últimas Novedades Boletines Red y Novedades en la compatibilidad de Jubilación y Trabajo.