1. NOTA PREVIA.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio constituye, sin ningún género de dudas, el documento más relevante de la Política Económica del Gobierno de carácter anual y en ella se incluyen multitud de disposiciones de contenido tributario, limitadas por lo dispuesto en el artículo 134.7 de la Constitución Española.
Tradicionalmente, estas modificaciones fiscales se incorporan en su Título VI, aunque la proliferación de Disposiciones Adicionales y Transitorias que trufan nuestro penoso modelo legislativo ayuda también a incluir un buen elenco de estas medidas en tales Disposiciones.
Este año de 2023, por las complejas circunstancias políticas y económicas, puede afirmarse que las disposiciones fiscales son, comparativamente, más abundantes y complejas que las del año anterior.
Seguidamente, partiendo del Preámbulo de la Ley de Presupuestos, se explicitan los cambios tributarios integrados:
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