Experto contable
Presentación
Experto Contable Acreditado AECE
La acreditación de experto contable, es la materialización en sede del autor y actor profesional de la contabilidad, de una teoría del deber, de un código deontológico de funcionamiento, dentro de la regulación técnica del ejercicio de la profesión, basado en los principios de libertad, responsabilidad y utilitarismo, que no difiere de la manera en que se han organizado otras profesiones, otorgándose a si mismas sus propias reglas de funcionamiento técnicas y deontológicas.
Solicitar AcreditaciónSituación actual del Experto Contable en España:
La profesión de experto contable en España no está regulada, lo que implica que no hay delimitación ni limitación normativa para su ejercicio; lo que a su vez, situándonos en los extremos supone, aunque obviamente es baja la probabilidad de que ocurra, que podría cualquier diletante con inquietudes experimentales y sobre todo con una alta dosis de temeridad e irresponsabilidad, darse de alta en hacienda e intentar ejercerla, con los múltiples riesgos económicos y sociales que de tal imprudente actuación pueden derivarse.
El Experto contable en otros países:
En cambio en otros países de nuestro entorno como Alemania, Francia es una profesión perfectamente regulada, por ejemplo; en Portugal es obligatorio que los estados financieros estén firmados para su presentación por un TOC (Técnico Oficial da Contas), que es una figura distinta del Revisor Oficial de Cuentas, que sería el equivalente a nuestra figura del auditor de cuentas.
Como antecedentes en este sentido, podemos mencionar que ya en el año 1.886 se fundó la American Association of Publics Accountants (AAPA), antecedente del American lnstitute of Accountants creado en 1917 y que a partir de 1957 otorga el Certified Public Accountants, obligatorio para el ejercicio de la profesión en aquel país.
Motivación que avalarían la regulación:
Los países que tienen la regulación de la profesión son conscientes desde hace tiempo, que a la par que salvaguarda al contable de algunos riesgos reales derivados de la actuación profesional, se incrementa la eficiencia del ejerciente de la contabilidad en su actuación instrumental como mecanismo material de calidad, transparencia y fiabilidad en el ámbito de la información financiera; lo que sin duda contribuye al incremento de la confianza tan necesaria para el buen funcionamiento del sistema.
Los principios contables tienen su origen en la práctica profesional siendo necesarios a partir de la revolución industrial al aumentar el desarrollo económico en el mundo; se necesita contar con unas reglas de actuación común que solo pueden nacer de la existencia de una realidad social suficientemente informada, en términos de garantía de profesionalidad, y de hecho, de ahí es de donde nace la regulación de su ejercicio, que desde los inicios de la contabilidad ha sido demandada por parte de los profesionales.
La regulación y la acreditación:
Hasta aquí hemos hablado de regulación, que no es exactamente lo mismo que acreditación, pero tienen su relación.
Así por un lado, está la regulación de la materia contable, de la propia técnica contable, que se halla perfectamente desarrollada y delimitada legislativamente en nuestro país. Por otro lado tenemos la regulación del ejercicio de la profesión de contable que en nuestro país, como ya hemos comentado, no se encuentra regulada.
Solo en el ámbito de la auditoría de cuentas encontramos regulación de un ejercicio profesional relacionado con la contabilidad, pero, como todos sabemos, el auditor no realiza la contabilidad, la verifica, comprueba que la misma muestre la imagen fiel de la situación patrimonial, financiera y económica de la organización; y por otro lado, como ya hemos mencionado, no todas las empresas obligadas a llevar contabilidad, están obligadas a auditarse.
Los autores de este artículo definimos la acreditación de la siguiente manera:
"La acreditación de experto contable, es la materialización en sede del autor y actor profesional de la contabilidad, de una teoría del deber, de un código deontológico de funcionamiento, dentro de la regulación técnica del ejercicio de la profesión, basado en los principios de libertad, responsabilidad y utilitarismo, que no difiere de la manera en que se han organizado otras profesiones, otorgándose a sí mismas sus propias reglas de funcionamiento técnicas y deontológicas."
Es decir, cuando hablamos de acreditación, estamos hablando de una deontología, de una ética profesional, bajo el paraguas de la idea conceptual definida a este respecto por Jeremy Bentham, como un concepto entendido a partir de la consecución de unos fines, de un objetivo social: "La obtención del mayor bienestar posible para la mayoría y de la mejor manera posible." Idea que la AECE, desde la plena y responsable conciencia de su pertenencia a la sociedad civil, abrazó como propia y la ha mantenido desde su fundación en el año 1982.
Y adelantándonos a un momento futuro, que esperamos inmediato, nos atrevemos a pronunciar que se caracteriza nuestra, la de la AECE, acreditación por su consistencia, en tanto que aúna las cualidades de coherencia, solidez y estabilidad.
Al establecer los parámetros configuradores de dicha consistencia, en el concepto "de experto", que en la denominación "Acreditación experto contable" cumple la función de complemento del nombre dirimente de cualquier matiz del sustantivo "acreditación" calificado para su mayor delimitación por el epíteto "contable".
Y resaltamos esta apostilla gramatical, porque nuestra asociación, la AECE, Asociación de Expertos Contables y Tributarios de España, lleva de manera explícita en su propia denominación la expresión "Experto Contable".
Nuestra denominación ya lo dice todo por sí misma, no precisa aclaración ni ampliación explicativa; de hecho nació con la denominación original de Asociación de Expertos Contables de España, incluyéndose Tributarios con el devenir de los tiempos, en una modificación estatutaria aprobada en asamblea celebrada a tales efectos con posterioridad.
La denominación como asociación de "Expertos Contables" está registrada a favor de la AECE. Por dicho motivo, basándonos en el parámetro experto sobre el que hemos construido la consistencia de nuestra acreditación.
¿Quién es para la AECE un experto contable?
Para ser un experto contable para la AECE hace falta tener un estatus profesional, basado en el reconocimiento por tus pares y por el público como fuente confiable de un tema, habilidad o técnica específica, con capacidad para juzgar y decidir de forma correcta e inteligente, por exceder en nivel de conocimientos a la persona ciudadano común sobre la materia concreta en este caso la contabilidad, al haberla realizado y ejercido habitualmente durante un plazo suficiente de tiempo, lapso que en su transcurso se convierte en el aval de haber adquirido una experiencia.
La AECE entiende que se debe separar y distinguir conocimiento de formación; sin duda, una de las formas que contribuyen para llegar al primero es la segunda; pero no olvidemos que también contribuyen a alcanzar el conocimiento la educación, el entrenamiento, la preparación teórica y profesional por otras vías, como el intercambio y la convivencia, así como también no nos descuidemos del método científico por antonomasia, como es la prueba empírica.
Todas ellas, sin desmerecer ninguna, se fomentan desde la AECE a través de diferentes prestaciones y servicios a disposición del asociado.
Si nos fijamos concretamente en la formación, sobre la que siempre recae cierta destacada atención, además de nuestros habituales seminarios de actualización y reciclaje que se convocan en todas las CCAA, este año la AECE ha puesto a disposición del asociado, en unas condiciones muy favorables y ventajosas, el acceso al título propio de Experto Contable, impartido por la Universidad de Valencia; título propio en el que participa la AECE y del que se pueden informar los interesados en nuestra página web.
¿Quién podrá acreditarse como experto contable a través de la AECE?
Todos los asociados de la AECE -el primer requisito que se precisa para acreditarse es ser asociado- que reúnan la puntuación mínima que exige el baremo establecido a tal efecto por la AECE y que relaciona de manera ponderada en función de su peso específico sobre la base de su importancia para el ejercicio de la profesión de experto contable todos los factores que hemos comentado: experiencia, formación, entrenamiento, etc. podrán acreditarse.
En cuanto a la forma de acreditarse, el propio asociado interesado en hacerlo, tras aplicarse el baremo y comprobar que supera la puntuación mínima exigida, remitirá la documentación acreditativa de dicha circunstancia a la oficina de la AECE, donde la misma se cotejará a los efectos de comprobar el cumplimiento del baremo.
Una vez se ha acreditado el profesional, socio de la AECE, accederá automáticamente a formar parte del Registro de Expertos Contables de la AECE.
De esta manera, el asociado a través de la acreditación, ratifica ante sí mismo y ante terceros (clientes, administraciones, otras entidades, etc.) su cualificación como experto contable y lo que es más destacable e importante, lo hace tomando como base unos criterios profesionales absolutamente objetivos e independientes establecidos por una entidad de prestigio, la AECE.
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