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Actualidad |
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Aprobación de un nuevo salario mínimo interprofesional
22 de Marzo de 2023
El SMI actual es el aprobado por R.D. 99/2023, de 14 de febrero [BOE 15/2/2022 (Tol 9393176)]. Según el texto, surte efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 d...[ampliar]
El consultante es cotitular al cincuenta por ciento de dos locales con su mujer. Los afecta a su actividad económica que desempeña exclusivamente él. La esposa va a cederle de forma gratuita el uso de su mitad de los locales.
16 de Marzo de 2023
Cuestión Planteada: Tributación de la operación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En concreto si puede deducir la totalidad de la amortización de los locales o sólo...[ampliar]
Caso práctico sobre el cambio de estimación en el ejercicio de la opción de compra en un arrendamiento financiero.
14 de Marzo de 2023
En un acuerdo de arrendamiento de un activo con opción de compra, se presumirá que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad, cuando no exi...[ampliar]
Sobre la obligatoriedad de incluir información comparativa en el primer ejercicio en el que se exige la presentación del estado de información no financiera.
28 de Febrero de 2023
La consulta versa sobre si la obligación de presentar información a efectos comparativos en el estado de información no financiera (en adelante, EINF) se extiende al ejercicio anterior ...[ampliar]
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Publicadas normas de cotización para 2023, con efectos desde el 1 de enero de 2023
2 Febrero 2023
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Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023. Publicada en el BOE del 31 de enero y con efectos desde el día 1 de enero de 2023.
Comisión de Formación AECE
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Hasta tanto no se apruebe y publique la subida anunciada del salario mínimo interprofesional para el año 2023, que según apunta el Gobierno será de un 8,00%, seguiremos aplicando para el 2023 el SIM establecido en el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, prorrogado por el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.
En esta Orden se desarrollan las previsiones legales en materia de cotizaciones sociales para el ejercicio 2023, recogiendo todas las modificaciones y reformas que en el ámbito normativo de la Seguridad Social y en materia de cotizaciones se han publicado afectando a los distintos Regimenes de la Seguridad Social.
Es obligatorio el estudio de está Orden para su correcta aplicación.
Destacamos a continuación los cuadros de bases y tipos para el Regimen General y para el RETA.
Cotización en el Régimen General a partir del 1 de enero de 2023
- El tope máximo de cotización en 4.495,50 euros mensuales y del tope mínimo que no podrá ser inferior al salario minimo interprofesional vigente en cada momento, incrementado por el prorrateo de las percepciones superiores a la mensual sin que pueda ser inferior a 1.166,70 euros mensuales.
- Las bases máximas y mínimas de cotización por contingencias comunes de cada grupo de categorías profesionales seran las siguientes:
La Orden PCM/74/2023 indica los porcentajes para los tipos de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social desde el 1 de enero de 2023, que se mantienen sin cambios importantes y serán los siguientes:
Contingencias
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Empresa
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Trabajadores
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Total
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Comunes
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23,60%
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4,70%
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28,30%
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Desempleo
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5,5%
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1,55%
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7,05%
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FOGASA
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0,20%
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–
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0,20%
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Formación
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0,60%
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0,10%
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0,70%
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MEI
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0,50% sobre contingencias comunes
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0,10% sobre contingencias comunes
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0,60% sobre contingencias comunes
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Cotización en el RETA a partir del 1 de enero de 2023
Los tipos de cotización:
- Para contingencias comunes: 28,30%. Cuando se tenga cubierta la incapacidad temporal (IT) en otro régimen de la Seguridad Social, se aplicará una reducción en la cuota que correspondería ingresar de acuerdo con el tipo para contingencias comunes equivalente a multiplicar el coeficiente reductor del 0,055 por dicha cuota.
- Para contingencias profesionales, no se aplica la tarifa de primas sino el tipo único del: 1,30% (0,66% IT y 0,64% invalidez, muerte y supervivencia –IMS–).
- Los trabajadores que no tengan cubierta la protección dispensada a las contingencias profesionales efectuarán una cotización adicional equivalente al 0,10% , aplicado sobre la base de cotización elegida, para la financiación de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia previstas en la Ley General de la Seguridad Social.
- Por cese de actividad: 0,90%.
- Por formación profesional: 0,10%.
- La previsión en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) cuya finalidad es garantizar el poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, sustituyendo al factor de sostenibilidad de las pensiones, medida que entró en vigor el 1 de enero será: 0,6% sobre la base de cotización por contingencias comunes (0,5% a cargo de la empresa y 0,1% a cargo del trabajador).
Bases de cotización aplicables desde el 1 de enero de 2023:
- Con independencia de los rendimientos netos obtenidos por los trabajadores por cuenta propia o autónomos, la base máxima de cotización será de 4.495,50 euros mensuales.
- La tabla general y la tabla reducida y las bases máximas y mínimas aplicables a los diferentes tramos de rendimientos netos serán las siguientes durante el año 2023,:
Comisión de Formación AECE
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BOE-A-2023-2472.pdf
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