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Práctica mercatil: Depósito de Cuentas Anuales 2016. Nota informativa del Registro Mercantil de Valencia
15 de julio de 2017Instrucciones sobre requisitos de presentación del Deposito de Cuentas Anuales, que podemos presumir extensivos a todos los Registros Mercantiles.
Gregorio Labatut
El Registro Mercantil de Valencia ha publicado una nota informativa en su página web sobre el Deposito de Cuentas Anuales del ejercicio 2016.
En la misma se indica lo siguiente:
“1.- A partir del día 26 de mayo de 2017, la presentación del depósito de cuentas por parte de las sociedades mercantiles y demás empresarios que conforme a las disposiciones vigentes vengan obligados a dar publicidad a las mismas, así como de quien voluntariamente las presenten, correspondientes a los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016, deberán presentarse en los modelos normalizados aprobados por la Orden Ministerial JUS/471/2017 de 19 de mayo (BOE 25 de mayo de 2017).
2.- Deberá constar, en el apartado correspondiente de la hoja de datos generales de identificación e información complementaria (IDA 2) tanto la base de reparto como la aplicación del mismo, de ambos ejercicios. Igualmente deberá hacerse constar, con indicación numérica, los días que determinan el periodo medio de pago a los proveedores, conforme a la D. A. 3ª Ley 15/2010 de 5 de Julio de modificación de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre. En caso de no consignar cifras en alguno de los ejercicios, deberá indicarse la causa, en el apartado 01903 de la hoja destinada a Datos Generales de Identificación e Información Complementaria (IDA1).
3.- Aquellas sociedades que dispongan de LEI (Legal Entity Identifier) deberán hacer constar dicho código en la hoja destinada a Datos Generales de Identificación e Información Complementaria (IDA1) casilla 0109.
4.- Todas aquellas sociedades que presenten informe de auditoría para su depósito, deberán hacer constar el código ROAC del auditor firmante. En caso de que el auditor sea una persona jurídica, el número de ROAC que figure será el asignado a la persona jurídica, conforme a la RDGRN de fecha 15 de diciembre de 2016 (BOE 7 de enero de 2017).
5.- Si en el certificado del acta de la junta consta que se acompaña a depósito el documento correspondiente al Estado de Cambios sobre Patrimonio Neto, se exigirá que se aporte para su depósito, por lo que recomendamos que los modelos de certificaciones que se utilicen para presentarse con las cuentas anuales no lleven, en tal caso, la referencia a dicho documento. Es de advertir que el Estado de Cambios sobre Patrimonio Neto es de carácter voluntario para las sociedades que formulan cuenta en modelos abreviados y en modelos PYME.
6.- Se podrán presentar en plazo y hasta las 23 horas y 59 minutos de día 31 de julio de 2017, aquellas cuentas que hayan sido aprobadas el 30 de junio de 2017”.
Puede verse la nota informativa PINCHANDO AQUÍ.
Como comentario, indicar que en el caso del apartado correspondiente de la hoja de datos generales de identificación e información complementaria (IDA 2) para la base de reparto como la aplicación del resultado del ejercicio 2016 y el anterior, no se contempla que el mismo pudiera ser negativo.
Publicado por el autor en: https://gregorio-labatut.blogspot.com.es/2017/07/deposito-de-cuentas-anuales-2016-nota.html
Un saludo cordial.
Gregorio Labatut Serer.
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