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Información S.Social: Boletín Noticias RED 6/2020 30 de marzo de 2020
30 de marzo de 2020Instrucciones sobre modificaciones en el ámbito de la afiliación de trabajadores afectados por un ERTE, una vez aprobado el mismo por la Autoridad laboral o por silencio positivo. No siendo necesario comunicar el número de Expediente del ERTE.
La identificación de los trabajadores y período de la suspensión o reducción de jornada, a la que se refiere el apartado 3 del artículo 24 del Real Decreto-Ley 8/2020, se efectuará a través de los nuevos valores del campo TIPO DE INACTIVIDAD:
- V: SUSPENSION TOTAL ERE. COVID19
- W: SUSPENSION PARCIAL ERE. COVID19
- X: SUSPENSION PARCIAL ERE+HUELGA COVID19
La comunicación de estos valores está disponible desde el pasado 28 de marzo.
Para la anotación de los valores anteriores resultará necesario anotar, para los valores W y X, el dato del CTP, no siendo admisible para el valor V. El valor del campo CTP identificará la duración de la jornada de trabajo efectivamente prestada.
No se precisa comunicar el número de expediente de regulación de empleo asignado por la autoridad laboral competente.
Plazo de comunicación a través del Sistema RED:
El plazo para los USUARIOS RED será hasta el penúltimo día del mes natural posterior a la fecha de efectos de su anotación, es decir, para situaciones de suspensión de contrato o reducción de jornada iniciadas durante el mes de marzo de 2020, el plazo de comunicación se extenderá hasta el próximo 29 de abril de 2020.
Teniendo en cuenta lo establecido en la segunda parte del apartado 3 del artículo 24 del Real Decreto-ley 8/2020, y el procedimiento regulado en el artículo 3 del Real Decreto-ley 9/2020, de medidas extraordinarias para agilizar la tramitación y abono de prestaciones por desempleo, la comunicación de los valor V, W o X, según proceda, del campo TIPO INACTIVIDAD se deberá realizar, siempre que se cumplan todas las condiciones para el acceso a las exoneraciones de cuotas de que se trata, una vez se haya procedido a remitir al SEPE la solicitud colectiva y la comunicación a la que se refiere el apartado 2 del citado artículo 3.
SILTRA
Los nuevos valores V, W y X no están incluidos en la versión de SILTRA y Winsuite32 actualmente vigentes. Por ello, al validar ficheros que incluyan estos valores se dará un error al autorizado RED. Dicho error deberá ser ignorado ya que no impide el envío del fichero ni la recepción de la información.
Fuente: S.Social
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