Actualidad
Información S.Social: Boletin 1/2020 - Noticias RED
14 de febrero de 2020Novedades en el servicio de atención telefónica al AUTORIZADO RED
Canal exclusivo para Autorizados RED:
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en su afán de mejorar la calidad de la atención que actualmente viene prestando al autorizado RED, como figura vertebradora de gran parte de las actuaciones que empresas y afiliados realizan en materia de Seguridad Social y con el fin de satisfacer la demanda de una atención especializada, ha creado una opción específica dentro del teléfono de atención general 901.50.20.50 mediante la cual los autorizados RED recibirán un trato diferenciado del resto de colectivos. De esta forma se establece un canal exclusivo cuya gestión podrá ser, además, objeto de evaluación por el propio autorizado RED.Acceso al canal exclusivo:
Para acceder a este canal exclusivo, los autorizados RED deberán: Seleccionar la opción 1 del teléfono y, a continuación,
El código de la provincia a la que corresponde la autorización, en lugar del código de la provincia desde la que se efectúa la llamada como venían realizando hasta ahora. Este código se deberá marcar con independencia de que se llame desde un teléfono fijo o uno móvil.
Posteriormente la locución ofrecerá las distintas materias objeto de atención con el fin de dirigir la llamada a la unidad de atención específica creada a tal efecto. Las opciones que se presentarán a través del canal telefónico se describen en el siguiente esquema:
Ampliación de horario:
Continuando con esta línea de mejora de la atención al autorizado RED, se informa que, a partir del día 6 de febrero de 2.020, se ampliará el horario de atención de la plataforma estableciéndose de lunes a viernes de 8:30 a 18:30, salvo festivos nacionales.Eliminación del canal de comunicación a través de los correos electrónicos comunicados en septiembre de 2019
La implantación de los cambios en la atención telefónica implica la desaparición de las direcciones de correo electrónico habilitadas y comunicadas en septiembre de 2019.
Fuente: Sistema RED
Compartir
¿Qué puede hacer la comunidad de propietarios?
En una comunidad de propietarios, el trabajador (conserje de la finca) denuncia de manera permanente a la comunidad de propietarios en Inspección de trabajo por acoso y por hechos inciertos. De momento estamos en la 4 denuncia, ninguna de ellas ha dado lugar a la apertura de expediente, una vez valorados los hechos por el Inspector que no lo considera al quedar desvirtuados los hechos que denuncia
29 de julioLa actuación de la Inspección de Trabajo tras la sentencia 126/2026 del Tribunal Supremo
Con fecha 14 de abril de 2026, el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, ha dictado sentencia que resuelve el recurso de casación promovido contra la sentencia del TSJ de la Comunidad Valenciana 126/2026, de 27 de febrero, dictada en procedimiento especial de tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.
29 de julio¿sería correcto?
Una empresa española que abre una planta de producción en Tunez y tiene un empleado que lo desplaza temporalmente dos años como director, des del primer mes desplazado, se le añade una nómina de 5.000 € de sueldo bruto al mes en concepto de servicios prestados en el extranjero, exento de IRPF, por el artículo 7.p., ¿sería correcto?
28 de julio¿qué ocurre si únicamente cede una parte de la explotación en aparcería recibiendo como contraprestación una parte de los productos obtenidos y explota directamente el resto de la explotación?
Si un agricultor cede sus tierras en aparcería, no puede tributar en el REAGP. Sin embargo, ¿qué ocurre si únicamente cede una parte de la explotación en aparcería recibiendo como contraprestación una parte de los productos obtenidos y explota directamente el resto de la explotación?
27 de julio¿Como consideras la posibilidad de traspasar la empresa a los propios trabajadores, en caso de sociedad con 7 trabajadores y dos socios que quieren acceder a su jubilación llegando acuerdos entre ellos?
Toni Izquierdo Paterna, socio director de Izquierdo Motter Consulting y especialista en despachos profesionales y asesorías, responde a esta cuestión en el desayuno del 27 de marzo de 2026, Situación del sector, el despacho y el socio.
24 de julio¿Qué podríamos hacer?
Un caso en el que el inspector intenta implementar el convenio de hostelería a una empresa que se dedica única y exclusivamente a la intermediación de viviendas turísticas y nos indica que el convenio aplicable sí os sí es hostelería por la naturaleza de la vivienda. ¿Qué podríamos hacer?
23 de julio¿Cómo se justifica la exención por el articulo 7.p?
Un militar que es desplazado al extranjero, en Eslovaquia durante 23 días en diciembre de 2024 y 167 de enero a junio de 2025. ¿Cómo se justifica la exención por el articulo 7.p?
22 de julioLa doctrina del “doble tiro” en el TS: ¿bajo ningún concepto y en ninguna circunstancia cabe una tercera liquidación?
1.- Precisiones previas Antes de comentar el contenido de la denominada doctrina del “doble tiro”, conviene hacer unas recisiones previas que expliquen la razón del nacimiento de esta doctrina.
22 de julio¿La comunidad de bienes se puede acogerse al REAGP?
Dos o tres propietarios forman una comunidad de bienes, los socios de la comunidad de bienes aportan ganado y otros terrenos de pastoreo. ¿La comunidad de bienes se puede acogerse al REAGP?
21 de julio¿Qué tarifas se están aplicando por la recepción de las notificaciones electrónicas?
Toni Izquierdo Paterna, socio director de Izquierdo Motter Consulting y especialista en despachos profesionales y asesorías, responde a esta cuestión en el desayuno del 27 de marzo de 2026, Situación del sector, el despacho y el socio.