Actualidad
Información laboral: Le recordamos que el plazo para presentar la opción de Mútua, finaliza el 31/03/2019,
13 de marzo de 2019“El pasado 1 de enero de 2019 entró en vigor el Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
De acuerdo con lo previsto en la Disposición Transitoria Primera del citado Real Decreto-Ley, los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos incorporados a dicho Régimen Especial con anterioridad al 1 de enero de 1998 y que, de acuerdo con la disposición transitoria vigésima novena de la Ley General de la Seguridad Social LGSS-, hubieran optado por mantener la protección por la prestación económica por incapacidad temporal con la entidad gestora, deberán optar, en el plazo de tres meses a contar desde el 1 de enero de 2019, por una Mutua colaboradora de la Seguridad Social, surtiendo efectos tal opción a partir del 1 de junio de 2019, siempre que la misma se efectúe en los términos previstos en el artículo 83.1.b) de la citada LGSS.
Considerando asimismo lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda del mismo Real Decreto-Ley, los trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos deberán formalizar la cobertura de la acción protectora por incapacidad temporal, contingencias profesionales y cese de actividad con una Mutua colaboradora con la Seguridad Social, que ha de ser la misma para toda la acción protectora indicada.
En este sentido, por parte Tesorería General de la Seguridad Social se ha constatado que como Autorizado RED, usted gestiona trabajador/es autónomo/s que mantienen actualmente la protección por la prestación económica por incapacidad temporal con el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Por ello se le informa de que ante la imposibilidad de realizar el trámite de opción de Mutua a través del Sistema RED, deberá presentarse ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma que corresponda, solicitud original de variación de datos en el Régimen Especial de Autónomos, que deberá ir firmada por el trabajador autónomo. A tal efecto, se utilizará el formulario TA.0521-1 consignando la Mutua elegida por el trabajador autónomo en el apartado 4.2 MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL QUE DA COBERTURA A LA INCAPACIDAD TEMPORAL DERIVADA DE CONTINGENCIAS COMUNES .
Tedrá que realizar los tramites con anterioridad al 1 de abril de 2019 sobre los trabajadores autónomos asignados a su autorización RED afectados por dicha medida, surtiendo efectos la opción solicitada a partir del 1 de junio de 2019. “
Fuente: TGSS
Compartir
¿Qué puede hacer la comunidad de propietarios?
En una comunidad de propietarios, el trabajador (conserje de la finca) denuncia de manera permanente a la comunidad de propietarios en Inspección de trabajo por acoso y por hechos inciertos. De momento estamos en la 4 denuncia, ninguna de ellas ha dado lugar a la apertura de expediente, una vez valorados los hechos por el Inspector que no lo considera al quedar desvirtuados los hechos que denuncia
29 de julioLa actuación de la Inspección de Trabajo tras la sentencia 126/2026 del Tribunal Supremo
Con fecha 14 de abril de 2026, el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, ha dictado sentencia que resuelve el recurso de casación promovido contra la sentencia del TSJ de la Comunidad Valenciana 126/2026, de 27 de febrero, dictada en procedimiento especial de tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.
29 de julio¿sería correcto?
Una empresa española que abre una planta de producción en Tunez y tiene un empleado que lo desplaza temporalmente dos años como director, des del primer mes desplazado, se le añade una nómina de 5.000 € de sueldo bruto al mes en concepto de servicios prestados en el extranjero, exento de IRPF, por el artículo 7.p., ¿sería correcto?
28 de julio¿qué ocurre si únicamente cede una parte de la explotación en aparcería recibiendo como contraprestación una parte de los productos obtenidos y explota directamente el resto de la explotación?
Si un agricultor cede sus tierras en aparcería, no puede tributar en el REAGP. Sin embargo, ¿qué ocurre si únicamente cede una parte de la explotación en aparcería recibiendo como contraprestación una parte de los productos obtenidos y explota directamente el resto de la explotación?
27 de julio¿Como consideras la posibilidad de traspasar la empresa a los propios trabajadores, en caso de sociedad con 7 trabajadores y dos socios que quieren acceder a su jubilación llegando acuerdos entre ellos?
Toni Izquierdo Paterna, socio director de Izquierdo Motter Consulting y especialista en despachos profesionales y asesorías, responde a esta cuestión en el desayuno del 27 de marzo de 2026, Situación del sector, el despacho y el socio.
24 de julio¿Qué podríamos hacer?
Un caso en el que el inspector intenta implementar el convenio de hostelería a una empresa que se dedica única y exclusivamente a la intermediación de viviendas turísticas y nos indica que el convenio aplicable sí os sí es hostelería por la naturaleza de la vivienda. ¿Qué podríamos hacer?
23 de julio¿Cómo se justifica la exención por el articulo 7.p?
Un militar que es desplazado al extranjero, en Eslovaquia durante 23 días en diciembre de 2024 y 167 de enero a junio de 2025. ¿Cómo se justifica la exención por el articulo 7.p?
22 de julioLa doctrina del “doble tiro” en el TS: ¿bajo ningún concepto y en ninguna circunstancia cabe una tercera liquidación?
1.- Precisiones previas Antes de comentar el contenido de la denominada doctrina del “doble tiro”, conviene hacer unas recisiones previas que expliquen la razón del nacimiento de esta doctrina.
22 de julio¿La comunidad de bienes se puede acogerse al REAGP?
Dos o tres propietarios forman una comunidad de bienes, los socios de la comunidad de bienes aportan ganado y otros terrenos de pastoreo. ¿La comunidad de bienes se puede acogerse al REAGP?
21 de julio¿Qué tarifas se están aplicando por la recepción de las notificaciones electrónicas?
Toni Izquierdo Paterna, socio director de Izquierdo Motter Consulting y especialista en despachos profesionales y asesorías, responde a esta cuestión en el desayuno del 27 de marzo de 2026, Situación del sector, el despacho y el socio.