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Información laboral:Instrucción 3/2016 sobre intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y de horas extraordinarias, dictada por la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
14 de julio de 2016Se recuerda la obligatoriedad de llevanza por parte de las empresas empleadoras del libro registro de jornada diaria, se realice o no horas extraordinarias.
El registro de la jornada deberá ser diario e incluir el horario concreto de entrada y salida respecto de cada trabajador.
La comprobación de la existencia del registro se realizará en el centro de trabajo.
El resumen de la jornada realizada por los trabajadores, totalizada en el periodo fijado para el abono de las retribuciones. Se preguntará por la elaboración de los correspondientes resúmenes y su entrega a los trabajadores en los términos previsto en el artículo 35.5 del E.T.
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